Mijas·Boletín Bien de la Provincia de Málaga,

Mijas suspende licencias en Lomas del Flamenco por su nuevo estudio

Plazo de solicitudCerrado el 10 de agosto de 2026

El Ayuntamiento de Mijas ha aprobado inicialmente el estudio de detalle para Lomas del Flamenco, lo que implica una suspensión temporal de licencias en la zona.

Si tienes intereses urbanísticos en la zona conocida como Lomas del Flamenco en Mijas, es momento de prestar atención. La Junta de Gobierno Local ha dado luz verde a la aprobación inicial de un estudio de detalle que afecta directamente a este sector del municipio. El documento técnico, promovido por la propia junta de compensación del área, marca un nuevo paso en la ordenación de este suelo.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 10 de agosto de 2026
Ámbito
SUP.R-10 Lomas del Flamenco
Lugar consulta
Urbanismo o sede electrónica de Mijas

La tramitación de este estudio conlleva una consecuencia inmediata para cualquier propietario o interesado en el ámbito del SUP.R-10. Se suspende temporalmente el otorgamiento de licencias, autorizaciones y cualquier tipo de aprobación urbanística que resulte incompatible con los cambios que se plantean en este nuevo planeamiento.

La medida busca asegurar que ninguna obra nueva interfiera con los criterios definidos en el estudio durante el tiempo que dure su tramitación. El alcance de esta pausa administrativa se rige estrictamente por lo que marca el Reglamento General de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.

¿Quieres saber qué se proyecta exactamente? Tienes a tu disposición el expediente completo y su resumen ejecutivo en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento, ubicado en la avenida Virgen de la Peña número 1. El horario de consulta es de lunes a viernes, entre las 09:00 y las 14:00 horas.

La información técnica también está accesible desde casa. El Ayuntamiento ha habilitado la consulta digital a través de su sede electrónica, permitiendo revisar los planos y la memoria sin necesidad de desplazamientos físicos.

Dispones de veinte días hábiles para examinar el documento y, si lo consideras necesario, presentar alegaciones. El plazo comenzó a contar el día siguiente a la publicación oficial en el boletín. Si decides presentar alguna objeción o comentario, puedes hacerlo mediante el Registro General de Entrada municipal o por cualquiera de los medios telemáticos habilitados por la ley.

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