Mijas·Boletín Bien de la Provincia de Málaga,

Mijas fija en 73 euros la tasa para las bodas civiles los viernes

El Ayuntamiento de Mijas estrena ordenanza para las ceremonias civiles en el salón de plenos, estableciendo un pago previo obligatorio y condiciones para recuperar el dinero.

Si tienes pensado formalizar tu unión por lo civil en Mijas, el Ayuntamiento ya ha fijado las nuevas reglas del juego y, sobre todo, su coste. El pleno municipal ha dado luz verde definitiva a la ordenanza que regula la tasa por estas celebraciones en dependencias locales, una norma que entra en vigor de forma inmediata tras su publicación oficial.

Datos clave

Cuota
73 €
Horario bodas
Viernes, de 12:00 a 14:00
Desistimiento
Aviso mínimo de 15 días para devolución
Gestión
Departamento de Atención Ciudadana

La tasa se ha fijado en 73 euros. Este importe debe abonarse íntegramente en el momento de solicitar la fecha, funcionando como un depósito previo obligatorio: sin el pago, el expediente no se tramita.

Las bodas tendrán lugar exclusivamente los viernes, en horario de mañana de 12:00 a 14:00 horas, en el salón de plenos de la casa consistorial. El Departamento de Atención Ciudadana será el encargado de gestionar el proceso, para el que necesitarás entregar el impreso de solicitud, fotocopias de los DNI de los contrayentes y de los dos testigos, y el resguardo de haber presentado la solicitud en el Registro Civil.

El texto incluye condiciones claras para las devoluciones. Si decides echarte atrás, recuperarás el dinero siempre que avises con al menos quince días de antelación. Pasado ese tiempo, el desistimiento implica perder la cuota.

La norma contempla, además, supuestos de fuerza mayor. Si el Ayuntamiento no pudiera prestar el servicio, se te ofrecerá una fecha alternativa o, en caso de no ser posible el cambio, el reintegro total de lo pagado.

El acuerdo ya es oficial. No hay vuelta atrás.

Las infracciones tributarias se regirán por la Ley General Tributaria. Si decides recurrir esta ordenanza, dispones de dos meses para presentar una demanda contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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