Lorquí·Boletín Bien de la Región de Murcia,

Impuesto sobre actividades económicas en Lorquí: plazos 2026

El Ayuntamiento de Lorquí ha dado luz verde al padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas para 2026. Tienes hasta finales de septiembre para gestionar el pago antes de que se activen los recargos por demora.

Si tienes una actividad económica en Lorquí, ya tienes sobre la mesa el calendario fiscal para este año. El Ayuntamiento ha aprobado el padrón correspondiente al ejercicio 2026, lo que activa el periodo voluntario de pago para los 450 recibos que conforman el impuesto local. Es el momento de revisar si todo está en orden antes de que el calendario avance.

Datos clave

Plazo pago
21 de julio al 22 de septiembre de 2026
Importe total
1.123.807,93 €
Número de recibos
450
Consulta padrón
1 mes desde el 21 de julio

El importe total que el consistorio espera recaudar con este tributo asciende a 1.123.807,93 €. El plazo oficial para cumplir con este pago comienza este 21 de julio y se extenderá hasta el 22 de septiembre de 2026.

Durante el primer mes de este periodo, las listas con las cuotas y los detalles tributarios estarán expuestas al público. Puedes revisarlas en la oficina del Servicio de Gestión Tributaria, situada en la Plaza del Ayuntamiento de Lorquí, por si necesitas verificar algún dato de tu recibo.

Si tras la consulta detectas alguna discrepancia, existe la posibilidad de interponer un recurso de reposición ante la Alcaldía. El plazo para presentar este recurso es de un mes, el cual empezará a contar una vez finalice el periodo de exposición pública de las listas.

El pago se puede gestionar de varias formas para mayor comodidad. Tienes a tu disposición la Oficina Virtual Tributaria, además de las oficinas de Correos, la oficina de recaudación local (donde admiten pago con tarjeta) y las entidades bancarias colaboradoras: Caixabank, Banco Sabadell y Cajamar.

El consistorio recuerda que es posible domiciliar el pago en tu cuenta bancaria habitual. Si prefieres no hacerlo, asegúrate de utilizar el documento de ingreso específico disponible en la web municipal de tributos.

No te despistes. Si el pago no se formaliza antes de la fecha límite, entrarás en el periodo ejecutivo. Esto implica que la administración exigirá la deuda mediante el procedimiento de apremio, lo que conlleva la aplicación de recargos, intereses de demora y las posibles costas adicionales.

La gestión es obligatoria.

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