San Pedro del Pinatar·Boletín Bien de la Región de Murcia,

San Pedro del Pinatar endurece el control del padrón con multas

San Pedro del Pinatar estrena ordenanza para detectar inscripciones fraudulentas en el padrón. El nuevo texto prevé multas de hasta 3.000 euros y controles de habitabilidad ante sospechas de hacinamiento.

Vivir en San Pedro del Pinatar requiere a partir de ahora un padrón que refleje la realidad. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la ordenanza que regula la comprobación de este registro administrativo para evitar fraudes en la residencia y el hacinamiento en viviendas que, por sus dimensiones, no pueden albergar a más de ocho personas sin vínculos familiares directos.

Datos clave

Sanción leve
Hasta 750 €
Sanción grave
751 € a 1.500 €
Sanción muy grave
1.501 € a 3.000 €
Límite ocupación
8 personas sin parentesco directo

La nueva normativa establece un régimen sancionador para quienes falseen su domicilio o incumplan las obligaciones de empadronamiento. Las multas se gradúan en función de la gravedad de la infracción: las leves pueden alcanzar los 750 euros, las graves oscilan entre 751 y 1.500 euros, y las muy graves llegan hasta los 3.000 euros.

El consistorio podrá verificar la veracidad de los datos aportados mediante visitas domiciliarias, informes técnicos o la solicitud de documentación adicional, como facturas de suministros. Si existen indicios de fraude, el Ayuntamiento tiene la facultad de suspender la inscripción solicitada mientras se resuelve el expediente.

El texto también tipifica las actuaciones fraudulentas, incluyendo la elaboración de documentos falsos sobre el domicilio o la reincidencia en bajas de oficio por inscripciones indebidas. La norma entra en vigor tras el transcurso de quince días hábiles desde su publicación.

El padrón no es solo un papel. Es la prueba de tu residencia.

El alcalde, Pedro Javier Sánchez, ha validado este nuevo marco sancionador, que es plenamente ejecutable desde el día siguiente a su entrada en vigor, tras el periodo de exposición pública en el que no se presentaron reclamaciones. Las sanciones serán independientes de otras acciones legales que el municipio pueda emprender si la conducta pudiera ser constitutiva de estafa o falsedad documental.

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