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Totana abre el periodo de pago de impuestos locales para 2026

El Ayuntamiento de Totana ha fijado ya las fechas para abonar el IBI y el Impuesto sobre Actividades Económicas. Estos son los plazos y lugares para ponerse al día.

Si tienes propiedades o negocios en Totana, este es el momento de marcar el calendario para evitar sorpresas con el Ayuntamiento. Los padrones fiscales del año 2026 ya han salido a exposición pública y, con ellos, el inicio del periodo para ponerse al día con el IBI, tanto urbano como rústico y el de características especiales, además del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Datos clave

Periodo de pago
1 de septiembre al 9 de diciembre de 2026
Atención presencial
Calle San Cristóbal, 8
Horario julio/agosto
9 a 13 horas
Sede electrónica
subsedetributaria.totana.es

El periodo de pago voluntario arrancará el 1 de septiembre y se extenderá hasta el 9 de diciembre de 2026. Es el plazo oficial para realizar el ingreso sin recargos ni intereses de demora.

Los recibos llegarán a los domicilios por las vías habituales. Si no recibes tu documento de ingreso, no esperes a que acabe el tiempo: puedes solicitar un duplicado en la Oficina de Atención al Contribuyente o descargarlo directamente a través de la sede electrónica tributaria del Ayuntamiento.

Para el pago, dispones de varias alternativas. Puedes acudir a las entidades colaboradoras que aparecerán detalladas en tu documento de ingreso. Si prefieres la vía telemática, la web municipal permite el pago con o sin certificado digital, siempre que dispongas del documento.

La atención presencial se centraliza en la oficina de la calle San Cristóbal, 8. Recuerda que el horario varía según la temporada: de 9 a 14 horas, salvo en julio y agosto, cuando el servicio reduce su atención hasta las 13 horas.

Si consideras que algún dato de los padrones expuestos no es correcto, tienes una ventana de quince días hábiles a partir de mañana para examinarlos. Si decides presentar un recurso de reposición, el plazo oficial es de un mes a contar desde el fin de esta exposición pública.

El recibo es obligatorio.

Una vez pasado el 9 de diciembre, cualquier deuda pendiente entrará en periodo ejecutivo. A partir de esa fecha, el Ayuntamiento aplicará los recargos legales, los intereses de demora y las costas correspondientes.

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