Totana abre el periodo de pago de impuestos locales para 2026
El Ayuntamiento de Totana ha fijado ya las fechas para abonar el IBI y el Impuesto sobre Actividades Económicas. Estos son los plazos y lugares para ponerse al día.
Si tienes propiedades o negocios en Totana, este es el momento de marcar el calendario para evitar sorpresas con el Ayuntamiento. Los padrones fiscales del año 2026 ya han salido a exposición pública y, con ellos, el inicio del periodo para ponerse al día con el IBI, tanto urbano como rústico y el de características especiales, además del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Datos clave
- Periodo de pago
- 1 de septiembre al 9 de diciembre de 2026
- Atención presencial
- Calle San Cristóbal, 8
- Horario julio/agosto
- 9 a 13 horas
- Sede electrónica
- subsedetributaria.totana.es
El periodo de pago voluntario arrancará el 1 de septiembre y se extenderá hasta el 9 de diciembre de 2026. Es el plazo oficial para realizar el ingreso sin recargos ni intereses de demora.
Los recibos llegarán a los domicilios por las vías habituales. Si no recibes tu documento de ingreso, no esperes a que acabe el tiempo: puedes solicitar un duplicado en la Oficina de Atención al Contribuyente o descargarlo directamente a través de la sede electrónica tributaria del Ayuntamiento.
Para el pago, dispones de varias alternativas. Puedes acudir a las entidades colaboradoras que aparecerán detalladas en tu documento de ingreso. Si prefieres la vía telemática, la web municipal permite el pago con o sin certificado digital, siempre que dispongas del documento.
La atención presencial se centraliza en la oficina de la calle San Cristóbal, 8. Recuerda que el horario varía según la temporada: de 9 a 14 horas, salvo en julio y agosto, cuando el servicio reduce su atención hasta las 13 horas.
Si consideras que algún dato de los padrones expuestos no es correcto, tienes una ventana de quince días hábiles a partir de mañana para examinarlos. Si decides presentar un recurso de reposición, el plazo oficial es de un mes a contar desde el fin de esta exposición pública.
El recibo es obligatorio.
Una vez pasado el 9 de diciembre, cualquier deuda pendiente entrará en periodo ejecutivo. A partir de esa fecha, el Ayuntamiento aplicará los recargos legales, los intereses de demora y las costas correspondientes.
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