Villanueva del Río Segura·Boletín Bien de la Región de Murcia,

Impuesto de Actividades Económicas 2026 en Villanueva del Río Segura

Plazo de solicitudAbierto hasta el 20 de noviembre de 2026Quedan 115 días

Si tienes un negocio en Villanueva del Río Segura, el Ayuntamiento ya ha fijado el calendario para el impuesto de 2026. Tienes hasta noviembre para pagar antes de que Hacienda active los recargos.

Si tienes un negocio en Villanueva del Río Segura, ya tienes fecha para cumplir con el Impuesto sobre Actividades Económicas de 2026. El Ayuntamiento ha aprobado el padrón fiscal correspondiente al ejercicio actual, marcando el inicio de la cuenta atrás para el pago en periodo voluntario.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 20 de noviembre de 2026
Entidades pago
CaixaBank, Banco Sabadell y Cajamar
Recurso
1 mes ante Junta de Gobierno Local

El calendario es claro: el plazo para realizar el ingreso comienza el próximo 18 de septiembre y se extenderá hasta el 20 de noviembre de este mismo año.

Es importante tener presente que la administración no tiene obligación de enviar la notificación o carta de pago a tu domicilio. Si llega el momento y no la has recibido en tu buzón, no te descuides.

Puedes solicitar un duplicado directamente en las oficinas de la Recaudación Municipal antes de que venza el periodo señalado. El Ayuntamiento permite realizar el abono en las oficinas de CaixaBank, Banco Sabadell y Cajamar, además de la propia caja municipal.

La ley avisa.

Si el día 20 de noviembre pasa sin que hayas satisfecho el pago, se activará el procedimiento ejecutivo de apremio. Esto conlleva el recargo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria, además de los intereses de demora y las costas que el proceso pueda generar.

Si prefieres evitar estos trámites recurrentes, recuerda que siempre tienes la opción de domiciliar tus pagos bancarios, según permite el artículo 90 del Reglamento General de Recaudación.

Contra la aprobación de este padrón, quienes consideren que existe algún error tienen un plazo de un mes para interponer un recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local, contado desde el día siguiente a esta publicación oficial.

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