Yecla actualiza las tasas de la perrera y licencias veterinarias
Si tienes perro o necesitas gestiones de sanidad veterinaria en Yecla, las tasas municipales han cambiado. Repasamos los nuevos precios oficiales que ya están en vigor.
Si convives con un perro o necesitas realizar trámites veterinarios en Yecla, debes saber que las tasas municipales han cambiado. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal número 12, que regula los servicios administrativos de sanidad veterinaria, y los nuevos costes ya son oficiales tras su publicación en el boletín regional.
Datos clave
- Licencia animales
- 41,30 €
- Captura en horario
- 34,00 €
- Informe veterinario
- 41,00 € (sin visita) o 75,00 € (con visita)
- Estancia diaria
- 6 € a partir del segundo día
El cambio afecta principalmente a tres bloques de servicios. Obtener o renovar la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos cuesta ahora 41,30 euros. Es un importe único que deberás autoliquidar al presentar tu solicitud en el registro municipal.
Si tu perro acaba en la perrera municipal, la factura dependerá del horario y del tiempo de estancia. La captura en horario laboral, incluyendo el primer día de manutención, asciende a 34,00 euros. Si la captura se produce fuera de ese horario, la cuota sube a 60,00 euros. A partir del segundo día, el coste es de 6 euros diarios por cada jornada adicional.
Los informes técnicos del servicio veterinario municipal también tienen tarifas fijas. Un dictamen sin visita técnica cuesta 41,00 euros, mientras que si requiere la presencia del facultativo, el precio es de 75,00 euros.
La ordenanza es tajante en cuanto a los pagos. No se contempla ninguna bonificación ni exención, y ningún animal podrá salir de la perrera sin haber satisfecho previamente la tasa correspondiente.
Si presentas una autoliquidación que consideras incorrecta, tienes derecho a solicitar una rectificación. Debes dirigir un escrito al alcalde siempre que el ayuntamiento no haya emitido ya una liquidación definitiva.
Los escritos sin el pago acreditado se admiten de forma provisional, pero el consistorio te dará diez días para subsanar la falta. Si ignoras ese plazo, tu solicitud será archivada sin más miramientos.
La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación. Si no estás de acuerdo con el nuevo texto, puedes recurrir por la vía contencioso-administrativa en los próximos dos meses.
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