Nueva normativa para la movilidad del personal docente en la Universidad
Si eres docente o investigador en la Universidad de Murcia, la nueva normativa de movilidad científica ya está aquí. Estos son los plazos y requisitos para pedir tu estancia.
Los investigadores y profesores de la Universidad de Murcia tienen desde este viernes nuevas reglas del juego para sus estancias formativas y de movilidad científica. El Rectorado ha publicado la normativa que regirá a partir de ahora cualquier permiso para ampliar formación en centros de prestigio, estableciendo un marco claro para quienes necesiten salir temporalmente sin que su nómina se resienta por el camino.
Datos clave
- Tipos licencia
- 6 categorías, de 10 días a más de 1 año
- Antelación
- Entre 5 y 30 días hábiles
- Tope duración
- 2 años acumulados cada 5 años
- Dónde solicitar
- Portal de Recursos Humanos de la UMU
La norma divide las estancias en seis categorías, desde la modalidad A para escapadas breves de hasta 10 días, hasta la F para estancias superiores al año. En medio, existen niveles intermedios que escalan mes a mes, aunque con un tope absoluto: nadie podrá superar los dos años de licencia acumulados en un periodo de cinco.
Para solicitar cualquiera de estos permisos, el interesado debe acudir al Portal de Recursos Humanos y presentar una memoria que justifique el interés científico o estratégico de la estancia. No basta con el plan: es obligatorio adjuntar el escrito de aceptación del centro de destino o, si se trata de un congreso, la documentación de la comunicación aceptada.
Los plazos de antelación varían según la duración de la estancia. Si vas a estar fuera hasta 10 días, tienes que pedirlo con al menos 5 días hábiles de antelación. Si la estancia es larga, de tipo E o F, la solicitud debe presentarse con un mínimo de 30 días hábiles antes del inicio.
La Universidad garantiza que, mientras dure la estancia, el profesor conservará su régimen retributivo actual. Esto es, cobrarás lo mismo que en tu puesto de origen, pero la norma advierte: no esperes que la Universidad pague tus dietas, alojamiento o gastos de viaje, pues eso corre por cuenta de otras líneas de financiación externas.
La concesión no es automática. Depende de que tu departamento pueda cubrir tus clases, tutorías y obligaciones académicas. En las estancias prolongadas, si el departamento no puede cubrirte con sus propios medios, la universidad valorará medidas extraordinarias de sustitución según la disponibilidad presupuestaria.
El órgano que te dará el visto bueno dependerá de cuánto tiempo te vayas. Las estancias cortas pasan por el decanato, mientras que las de tipo E y F requieren el aval del Consejo de Departamento y la aprobación final del Consejo de Gobierno.
Si presentas toda la documentación, existe el silencio administrativo positivo, pero con letra pequeña: solo se estima si el expediente cuenta con el informe favorable preceptivo. Si falta el informe o es desfavorable, el silencio no juega a tu favor.
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