Nuevas reglas para subvencionar instalaciones deportivas en Murcia
Ver las 67 ayudas abiertas en la Región de Murcia →La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes actualiza los requisitos para obtener ayudas públicas destinadas a la construcción, mejora y reparación de gimnasios y centros deportivos. La normativa ya está en vigor.
Si gestionas una instalación deportiva en la Región de Murcia, el Boletín Oficial ha publicado una nueva hoja de ruta para acceder a ayudas públicas. La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes ha renovado sus bases reguladoras, derogando la normativa anterior que estaba vigente desde marzo de 2023. El cambio busca unificar criterios para subvenciones tanto en concurrencia competitiva como en especial concurrencia.
Datos clave
- Ámbito
- Instalaciones deportivas en la Región
- Concesión
- Concurrencia competitiva y especial
- Cómo solicitar
- Sede electrónica de la CARM
- Justificación
- Máximo 3 meses tras ejecución
Estas bases cubren desde la construcción de nuevas instalaciones hasta reparaciones, mejoras o ampliaciones. El concepto de instalación se extiende a toda superficie de uso colectivo, incluidos gimnasios o bajos comerciales, siempre que estén inscritos en el Censo de Instalaciones Deportivas de la Región de Murcia.
Todo trámite se hará obligatoriamente por vía electrónica a través de la Sede de la Comunidad Autónoma. El plazo concreto para presentar solicitudes lo fijará cada futura convocatoria, pero nunca será inferior a diez días hábiles desde su publicación. Si al enviar la documentación faltara algo, tendrás diez días para subsanar los errores.
La evaluación de los proyectos correrá a cargo de una Comisión de Valoración específica. Los criterios incluyen la calidad técnica, el efecto fortalecedor en el sector deportivo y la mejora en la accesibilidad. Además, las entidades beneficiarias deberán garantizar el uso preferente de las instalaciones a favor de la Administración regional tras recibir la ayuda.
El pago podrá realizarse de tres formas: previa justificación, en pagos fraccionados o como anticipo necesario. En los casos donde se prevean anticipos o pagos a cuenta, será obligatorio constituir una garantía. Esta garantía cubrirá el importe del pago más un cinco por ciento adicional.
La justificación es el paso final indispensable. Deberás presentar una cuenta justificativa, aunque se permite una versión simplificada para ayudas inferiores a 60.000 euros. Toda la información debe estar en soporte digital y ser coherente con los objetivos del proyecto. Los plazos para esta justificación no superarán los tres meses desde el final de la ejecución de la obra.
El incumplimiento total conlleva el reintegro del 100 por ciento de lo percibido. El rigor es alto. Cualquier alteración de las circunstancias iniciales debe comunicarse al órgano gestor en un plazo máximo de un mes. Las nuevas bases ya están en vigor desde este 17 de octubre de 2026.
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