Consejo de Gobierno·Boletín Bien de la Región de Murcia,

Ajuste en la justificación de gastos para las academias científicas

El Gobierno regional ha modificado el decreto de subvenciones para las academias científicas de 2026. El cambio afecta a la naturaleza de los gastos admisibles y a la justificación de las webs institucionales.

Las academias científicas de la Región de Murcia tienen desde este mes nuevas reglas para justificar sus gastos. Un decreto del Consejo de Gobierno ha modificado la normativa de concesión de subvenciones del ejercicio 2026, ajustando qué tipo de facturas son aceptables y cuáles se consideran inversiones fuera de este cauce.

Datos clave

Cambio principal
Webs excluidas de gastos subvencionables
Gastos admitidos
Suministros informáticos y telefonía
Vigencia
Desde el 23 de julio de 2026
Ámbito
Academias científicas de la Región

El cambio es técnico pero importante para las cuentas de estas instituciones. Se ha excluido del concepto de gasto subvencionable todo lo relativo a la mejora o realización de páginas web, al entenderse ahora como una inversión. La justificación técnica es clara: el presupuesto de estas ayudas está pensado para gastos corrientes de funcionamiento, no para bienes inventariables.

Por el contrario, el decreto sí blinda la financiación de suministros y servicios informáticos, incluyendo internet y telefonía. Se ha precisado que estos tienen carácter no inventariable y, por tanto, deben tratarse como gastos corrientes vinculados al funcionamiento ordinario de cada entidad.

La norma también clarifica el paraguas bajo el que se amparan otros gastos. Se incluyen los costes de personal, seguridad social, edición de publicaciones y las dietas por desplazamientos de académicos a sesiones en municipios distintos al de su residencia. Estos últimos viajes requieren aprobación previa de los órganos de gobierno de cada academia.

El mantenimiento de las sedes sociales también queda cubierto bajo el nuevo redactado. Se incluyen alquileres de locales, suministros de luz y agua, y servicios de limpieza realizados durante el año 2026. La condición innegociable es que todas las facturas deben figurar obligatoriamente a nombre de la entidad solicitante.

Esta modificación no altera ni un euro la cuantía total de la subvención prevista para este ejercicio. El ajuste responde, según consta en el decreto, a causas no imputables a los beneficiarios que requerían una adecuación administrativa sobre la naturaleza económica de los gastos.

El texto, propuesto por la Consejería de Medio Ambiente, Industria, Universidades, Investigación y Mar Menor, entró en vigor el 23 de julio. Las academias deben tenerlo presente ahora al preparar su justificación contable.

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