Servicio Regional de Empleo y Formación·Boletín Bien de la Región de Murcia,

Subvenciones para contratar personal en entidades sin ánimo de lucro 2026

Plazo de solicitudAbierto hasta el 11 de septiembre de 2026Quedan 45 días
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El SEF abre la convocatoria de ayudas 2026 para financiar contratos en proyectos de interés social. Las entidades pueden pedir fondos para un máximo de dos personas.

Las fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la Región de Murcia que busquen contratar personal tienen una nueva oportunidad antes de que termine el verano. El Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) ha convocado sus subvenciones para el Programa de Inserción Laboral 2026, enfocado en proyectos de interés general y social que ayuden a personas desempleadas a recuperar experiencia laboral.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 11 de septiembre de 2026
Beneficiario
Entidades sin ánimo de lucro con 3 años
Cuantía
Fondo de 905.000 €
Cómo solicitar
Sede electrónica de la CARM (cód. 9842)

El fondo total disponible asciende a 905.000 €, repartidos en dos fuentes: 900.000 € procedentes del Fondo Social Europeo Plus y 5.000 € aportados por el SEPE. Estas cuantías se traducen en ayudas mensuales según el grupo de cotización de la persona contratada: 2.770,84 € al mes para los grupos 1 y 2, 2.216,67 € para los grupos del 3 al 7, y 1.662,50 € para los grupos del 8 al 11.

La convocatoria es estricta con la limitación de proyectos. Cada entidad solo puede presentar una única solicitud, que a su vez no puede superar el límite de dos personas trabajadoras contratadas por proyecto. Los contratos deben durar entre un mínimo de 6 meses y un máximo de 9 meses.

El requisito de antigüedad para las entidades es clave: deben estar inscritas en el registro correspondiente al menos tres años antes de la fecha de esta resolución. Además, han de demostrar capacidad técnica y tener cuenta de cotización activa por haber desarrollado actividad previa.

El proceso de selección sigue un régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos deben estar orientados a activar o reactivar a personas desempleadas, y el SEF ha dejado claro que, si el contrato es a tiempo parcial, la jornada no podrá bajar del 75 por ciento de la de un trabajador a tiempo completo.

Las solicitudes se presentan exclusivamente de forma electrónica a través de la sede de la CARM, usando el código de procedimiento 9842. Es obligatorio seleccionar en el formulario la opción específica para entidades sin ánimo de lucro.

El plazo vuela. Tienes hasta el 11 de septiembre de 2026 para tramitar todo con tu firma electrónica. No te despistes.

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