Murcia actualiza tres ámbitos urbanísticos tras el fallo del TSJ
La Consejería de Infraestructuras desbloquea los ámbitos ZE-CT10, ZE-CT11 y ZE-EG6 tras la sentencia judicial que obligaba a corregir el planeamiento urbanístico.
El urbanismo murciano, ese eterno tablero de ajedrez, acaba de mover una ficha clave para cerrar un capítulo que coleaba desde 2025. Tras una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de la Región, la Consejería de Infraestructuras ha dado el visto bueno definitivo a la subsanación de los ámbitos ZE-CT10, ZE-CT11 y ZE-EG6, integrados en el área SD-CNC. Lo que parecía un nudo gordiano, tras el recurso ganado por Martinsa Fadesa, se ha resuelto mediante una nueva redacción técnica.
Datos clave
- Recurso judicial
- Sentencia 335/2026, 11 de junio
- Áreas afectadas
- SD-CNC: ZE-CT10, ZE-CT11 y ZE-EG6
- Aprovechamiento
- 0,8 m2 de techo por m2 de suelo
- Plazo recurso
- 2 meses desde publicación
La clave de este cambio reside en el nuevo artículo 6.2.7 del Plan General, que regula el paso de uso agropecuario a residencial de alta densidad. El texto permite ahora transformar suelos donde las antiguas actividades ya no encajaban, apostando por tramas compactas con edificios plurifamiliares. Este nuevo encaje busca, sobre todo, una integración paisajística que antes quedaba en el aire.
Los desarrolladores cuentan ahora con un aprovechamiento de referencia de 0,8 metros cuadrados de techo por cada metro cuadrado de suelo. Es una cifra que busca facilitar el relevo de actividades económicas obsoletas por viviendas, bajo la premisa de que los estándares y las cesiones queden garantizados.
El planeamiento también ofrece una vía de escape técnica para futuros ajustes. Si el desarrollo del sector lo requiere, será posible reajustar los sistemas generales siempre que se mantengan las superficies mínimas exigidas por ley, evitando así bloqueos administrativos futuros.
La orden, firmada el 9 de julio por el consejero Jorge García Montoro, pone punto final a la vía administrativa en este expediente concreto. Cualquier interesado que pretenda discutir esta resolución tiene ahora dos meses para acudir a la justicia contenciosa.
Los plazos corren.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.