Movilidad Sostenible·Boletín Bien del País Vasco,

88 sanciones en el sector ferroviario vasco: revisa la lista

El Gobierno Vasco ha notificado 88 expedientes sancionadores del sector ferroviario pendientes de entrega personal. Tienes un mes para recurrir o pagar la multa antes de que el proceso pase a vía de apremio.

El Departamento de Movilidad Sostenible del Gobierno Vasco ha publicado una lista que nadie quiere protagonizar. Se trata de un grupo de notificaciones de expedientes sancionadores relacionados con el Sector Ferroviario que, tras varios intentos fallidos de entrega personal, ahora se hacen públicos para conocimiento de los interesados.

Datos clave

Plazo recurso
1 mes desde la publicación
Cuantías
100 €, 150 € y 600 €
Qué hacer
Presentar recurso o realizar el pago
Impago
Vía de apremio tras 15 días

La lista incluye 88 expedientes individuales, cada uno con su correspondiente referencia, fecha de infracción y cuantía económica. La inmensa mayoría de las multas, un total de 66, ascienden a 100 euros, mientras que otras 20 alcanzan los 150 euros y dos casos específicos llegan a los 600 euros.

Los afectados tienen ahora un mes de plazo para presentar un recurso de alzada ante el viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible. Este trámite debe realizarse conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo Común.

El pago de la sanción requiere utilizar la carta de pago correspondiente, ingresando el importe en las entidades bancarias colaboradoras. Es imprescindible indicar en el ingreso tanto el número de expediente como el nombre completo del denunciado.

Existe un aviso claro para quien decida no abonar la sanción. Si no se paga en los 15 días posteriores a la finalización del plazo de recurso, el proceso derivará directamente en una exacción por vía de apremio, incrementando así las complicaciones administrativas.

La normativa aplicada para estas sanciones se remite a la Ley del Sector Ferroviario y a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. La notificación surte efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La mayoría de las infracciones listadas se agrupan bajo el artículo 142.14.7, aunque aparecen también casos bajo los artículos 108.1.4, 108.1.1 y 108.2.10. Consulta el listado completo para verificar tu situación exacta.

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