El Gobierno Vasco marca el calendario para cerrar las cuentas de 2026
Hacienda fija el calendario de cierre para todas las áreas del Gobierno Vasco. Del 23 de octubre al 29 de enero, las fechas clave para tramitar gastos y presupuestos.
El ejercicio contable de 2026 en el País Vasco entra ahora en su fase de cuenta atrás. El Gobierno Vasco ha publicado la orden que marca el calendario para que la Administración General y sus organismos autónomos, como Eustat, HABE o Emakunde, cierren sus libros y cuadren las cuentas anuales antes de que termine el año.
Datos clave
- Fecha límite 1
- 23 de octubre de 2026
- Fecha límite 2
- 11 de noviembre de 2026
- Fecha límite 3
- 25 de noviembre de 2026
- Fecha límite 4
- 11 de diciembre de 2026
- Cierre final
- 29 de enero de 2027
Todo tiene su fecha. El calendario se divide en hitos marcados por el tipo de trámite presupuestario.
Las modificaciones presupuestarias y autorizaciones de gasto ordinarias tienen prioridad absoluta y deben presentarse antes del 23 de octubre de 2026. A partir de ahí, el ritmo se vuelve más específico.
Los contratos de capítulos II y VI, junto con la reposición de fondos anticipados, tienen como límite el 11 de noviembre. El 25 de noviembre es la fecha clave para subvenciones, transferencias a entes públicos y gastos del capítulo VIII, con la salvedad de las ayudas al curso escolar y la Renta de Garantía de Ingresos.
Los últimos días del año también tienen su agenda. Hasta el 11 de diciembre se podrán tramitar adelantos de nómina, préstamos al personal e ingresos por talón. Cualquier trámite posterior a esa fecha saltará directamente al presupuesto de 2027.
El cierre administrativo final llegará en enero. Los documentos contables pendientes y la liquidación de IVA tienen hasta el 20 de enero de 2027. Finalmente, el 29 de enero es el plazo límite para certificar obras del capítulo VI y presentar la memoria de cumplimiento de objetivos de 2026.
El consejero de Hacienda y Finanzas, Noël D'Anjou, ha establecido además que, a partir del 1 de enero de 2027, cualquier reintegro de pagos o devolución de ingresos de ejercicios anteriores se imputará directamente al presupuesto corriente. La maquinaria administrativa no se detiene.
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