Alcalá de Guadaíra·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

Si tienes vado en Alcalá de Guadaíra, el padrón de 2026 ya es público

El Ayuntamiento abre el periodo de exposición para la tasa de entrada de vehículos. Conoce las fechas clave para consultar tus datos y cuándo comienza el plazo de pago.

Si eres titular de un vado en Alcalá de Guadaíra, desde esta semana ya puedes consultar el padrón fiscal correspondiente al ejercicio 2026. El documento, que recoge todas las liquidaciones de la tasa por entrada de vehículos a través del acerado, se encuentra en periodo de exposición pública durante un mes para que cualquier interesado pueda verificar sus datos.

Datos clave

Plazo de pago
Del 2 de septiembre al 4 de noviembre
Exposición pública
1 mes desde la publicación de este anuncio
Dónde consultar
Servicio de Gestión Tributaria, calle Rafael Santos, 6, planta 2
Cita previa
955796200, 955796205 o 955796219

Para revisar tu situación personal o realizar consultas, debes dirigirte a las oficinas del Servicio de Gestión Tributaria, situadas en la calle Rafael Santos, número 6, en la segunda planta. Es necesario acudir con cita previa, la cual puedes solicitar a través de los teléfonos 955796200, 955796205 o 955796219.

En cuanto al calendario de pagos, el periodo voluntario para abonar esta tasa se ha fijado entre el 2 de septiembre y el 4 de noviembre. Es importante anotar estas fechas, ya que tras la finalización del periodo de exposición pública, el Ayuntamiento iniciará el proceso de cobro en voluntaria según lo establecido en la normativa municipal.

Si tras la consulta detectas algún error en tu liquidación o no estás de acuerdo con la cifra, tienes varias vías para presentar tus alegaciones. Puedes interponer un recurso de reposición ante la Concejalía Delegada de Hacienda o presentar una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

Los plazos para estos recursos son estrictos: un mes tras la finalización de la exposición pública para la reposición, o un mes después de la finalización del periodo de pago voluntario si optas por la reclamación económico-administrativa. En este último caso, si el Tribunal no resuelve en el tiempo estipulado, se considerará desestimada por silencio administrativo, dejando abierta la vía contencioso-administrativa.

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