Mairena del Alcor cambia sus formularios para las obras urbanísticas
El Ayuntamiento de Mairena del Alcor actualiza los documentos para solicitar licencias de obra. Si planeas reformar una acera o abrir una zanja, este es el plazo que tienes para revisar los nuevos requisitos.
Si tienes en mente realizar alguna obra en Mairena del Alcor, es probable que a partir de ahora te toque lidiar con nuevos formularios. El Ayuntamiento ha aprobado de manera inicial una modificación en su ordenanza reguladora de la intervención urbanística, un cambio que afecta directamente a cómo se tramitan las licencias y los permisos en nuestro municipio.
Datos clave
- Plazo alegaciones
- 30 días naturales
- Qué cambia
- Anexos VII, XVI y nuevo anexo XXI
- Dónde reclamar
- Pleno del Ayuntamiento
La principal novedad reside en la actualización de dos de sus anexos, el VII y el XVI, y la creación de uno nuevo, el XXI. Estas hojas de ruta administrativas son las que dictan qué documentación, qué memoria técnica o qué certificados necesitas presentar cada vez que abres una zanja, realizas una calata o adaptas la acera para acceder a tu garaje.
El anexo XXI, recién llegado, se centra exclusivamente en el procedimiento para obtener la licencia de obras en vía pública cuando hay un vado de por medio. Si necesitas rebajar el bordillo o reponer la rasante de la acera al extinguirse un derecho de uso privativo del dominio público, este es el documento que deberás rellenar.
La normativa se encuentra ahora en periodo de exposición pública. Tienes 30 días naturales, contados a partir de este jueves 8 de octubre, para revisar los cambios y presentar cualquier sugerencia o reclamación ante el pleno municipal. Las ausencias de alegaciones convertirán este borrador en definitivo de forma automática.
Los anexos VII y XVI también han sido puestos al día. El primero regula las licencias para actuaciones urbanísticas generales, mientras que el segundo está dedicado específicamente a las obras de apertura de zanjas, calicatas y otras intervenciones similares en la vía pública.
Si nadie presenta objeciones, la normativa quedará aprobada definitivamente sin necesidad de nuevas votaciones. En ese caso, el texto completo y los nuevos anexos se publicarán íntegramente en el boletín provincial, momento en el cual entrarán en vigor de forma oficial.
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