Tomares cierra sus cuentas de 2026: más de 38 millones de presupuesto
El Ayuntamiento de Tomares ha aprobado definitivamente su presupuesto para 2026. Las cuentas, que superan los 38 millones de euros, ya son públicas y detallan tanto el gasto en personal como las inversiones previstas.
El Ayuntamiento de Tomares ya tiene luz verde definitiva para sus cuentas de 2026. Tras la resolución de las alegaciones presentadas, el pleno municipal ha ratificado un presupuesto que alcanza los 38.121.500,19 euros, una cifra que marca la hoja de ruta económica para lo que queda de ejercicio.
Datos clave
- Presupuesto Total
- 38.121.500,19 €
- Inversiones Reales
- 6.660.701,70 €
- Gasto Personal
- 13.955.949,76 €
- Plazas Mantenimiento
- 28 plazas de peón, 13 cubiertas
El desglose de gastos revela que el capítulo de personal es, con diferencia, la partida más abultada, sumando 13.955.949,76 euros. Le siguen de cerca los gastos corrientes, que ascienden a 15.321.999,37 euros, mientras que las inversiones reales previstas cuentan con un crédito de 6.660.701,70 euros.
Por el lado de los ingresos, el consistorio espera recaudar 11.504.000,00 euros a través de impuestos directos. El grueso restante se completa con 6.220.574,47 euros provenientes de tasas y precios públicos, junto a 12.424.985,00 euros de transferencias corrientes.
La plantilla municipal también queda fijada con este documento. Actualmente, el desglose detalla una estructura que incluye desde puestos de habilitación nacional hasta el personal de oficios, con 28 plazas de peón de mantenimiento, de las cuales 13 están cubiertas.
El documento incluye además una relación detallada de la plantilla laboral, donde figuran diversos perfiles técnicos. Entre ellos destacan figuras como el psicólogo, el periodista o el coordinador de actividades deportivas, cada uno con sus respectivas dotaciones presupuestarias.
Las cifras son definitivas.
Contra esta aprobación, aquellos que consideren lesionados sus intereses pueden interponer directamente un recurso contencioso-administrativo. Los plazos y formas se rigen por lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
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