Ayuntamiento de El Viso del Alcor·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

Nueva ordenanza de veladores en El Viso del Alcor: lo que cambia

El Ayuntamiento de El Viso del Alcor ya aplica las nuevas normas para terrazas y veladores. Si regentas un bar o local de ocio, repasa las condiciones de ocupación y los límites sancionadores.

Si eres dueño de un establecimiento de hostelería en El Viso del Alcor, debes saber que las reglas del juego para poner mesas en la calle acaban de cambiar. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva su nueva ordenanza reguladora de veladores, un texto diseñado para poner orden en el uso de los espacios públicos y privados del municipio, intentando equilibrar la actividad económica con el descanso vecinal y la accesibilidad.

Datos clave

Entrada en vigor
8 de septiembre de 2026
Multas leves
Hasta 750 €
Multas graves
751 € a 1.500 €
Multas muy graves
1.501 € a 3.000 €

La norma, que entró en vigor el 8 de septiembre de 2026 tras su publicación en el boletín, afecta tanto a suelos de titularidad pública como a espacios privados de uso público. Uno de los puntos clave es la zonificación de la actividad: en la llamada Zona Centro (que incluye calles como Real, Albaicín o Plaza del Ayuntamiento), se imponen restricciones adicionales al mobiliario, prohibiendo los cerramientos fijos y limitando los elementos de estética para proteger el entorno patrimonial.

Para el resto de los locales, el texto establece criterios claros sobre la ocupación. Si quieres instalar tarimas o estructuras fijas, necesitarás justificar su necesidad técnica y garantizar que no interfieren en el tránsito peatonal. En el caso de las plazas de aparcamiento, la ocupación está permitida siempre que no afecte a plazas reservadas para personas con movilidad reducida y cuente con el visto bueno de la Policía Local.

El régimen sancionador se vuelve más concreto con la nueva norma. Las multas por infracciones leves pueden alcanzar hasta los 750 euros, mientras que las faltas graves oscilan entre los 751 y 1.500 euros. Las infracciones muy graves, como ceder la terraza a terceros o superar el aforo autorizado de forma reiterada, conllevan sanciones de 1.501 a 3.000 euros.

El documento también regula la publicidad en el mobiliario, limitándola a dimensiones específicas para no saturar el paisaje urbano. Los logotipos en mesas y sillas no podrán exceder un cuadrado de 25 por 25 centímetros. La ordenanza exige además que, al cierre de la jornada, el espacio quede totalmente expedito.

La norma permite de forma excepcional la instalación de barras o mostradores de apoyo durante eventos festivos, previa autorización municipal. Si tu terraza ya cuenta con autorización previa, la transitoria reconoce su vigencia hasta el fin de su plazo, momento en el que deberás adaptar la nueva solicitud a las exigencias actuales.

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