Cohesión Territorial·Boletín Bien de la Provincia de Sevilla,

Subvenciones para Planes de Ordenación Urbana en Sevilla: 3 millones

Plazo de solicitudAbierto hasta el 6 de octubre de 2026Quedan 21 días
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Los municipios sevillanos de menos de 50.000 habitantes pueden solicitar desde hoy las ayudas para financiar sus nuevos planes de ordenación urbana. El plazo de presentación de solicitudes acaba de comenzar.

Los ayuntamientos de la provincia de Sevilla con menos de 50.000 habitantes tienen una nueva oportunidad para poner en orden su planeamiento urbanístico. La Diputación Provincial ha abierto el plazo para solicitar subvenciones destinadas a la redacción de los Planes de Ordenación Urbana (POU), una pieza clave para ordenar el suelo y definir el crecimiento de los municipios a medio y largo plazo.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 6 de octubre de 2026
Beneficiario
Municipios de Sevilla con menos de 50.000 habitantes
Cuantía
Fondo de 3.000.000,00 €
Cómo solicitar
Registro telemático SIDERAL o SIR

El fondo total disponible es de 3.000.000,00 €, una cifra que podría llegar hasta los 5.950.000,00 € si el presupuesto de la Diputación sufre modificaciones al alza antes de la resolución final. Esta ayuda busca sufragar la contratación de equipos técnicos externos para que redacten estos planes, conservando la Diputación una labor de seguimiento.

Para ser beneficiario, el ayuntamiento deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y cumplir los requisitos de la Ley General de Subvenciones. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que no hay dinero para todos: se priorizará a los municipios según un baremo que tiene en cuenta su planeamiento actual (hasta 60 puntos) y su población (hasta 40 puntos).

Los pueblos más pequeños, con menos de 2.000 habitantes, parten con ventaja en la puntuación, al igual que aquellos que actualmente no cuentan con un planeamiento general vigente o tienen normas urbanísticas obsoletas sin adaptar a la ley andaluza vigente. El Anexo I de la resolución detalla el importe máximo que cada municipio puede solicitar.

Una vez notificada la resolución definitiva, los beneficiarios tienen un plazo máximo de 10 meses para adjudicar el contrato de servicios de redacción, ampliable en dos meses adicionales si se solicita formalmente con antelación. La Diputación facilitará modelos de pliegos técnicos y administrativos para agilizar el expediente.

Es fundamental tener en cuenta que, si el precio final del contrato de servicios resulta menor que la subvención concedida, el ayuntamiento deberá reintegrar el exceso. La cofinanciación municipal es obligatoria cuando el coste real supera la ayuda otorgada por el ente provincial.

La documentación, que debe presentarse por medios telemáticos a través de SIDERAL o SIR, incluye una memoria justificativa y el acuerdo del órgano municipal competente. Los ayuntamientos que ya hubieran iniciado trabajos de redacción previamente también pueden optar a estas ayudas indicándolo en su solicitud.

El éxito de esta convocatoria depende de la rapidez administrativa: quince días hábiles desde la publicación del extracto en el boletín. El reloj ya ha empezado a correr.

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