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Ayuntamiento de Pratdip·Boletín Bien de la Provincia de Tarragona,

Pratdip borra de sus cuentas antiguas deudas no tributarias

El Ayuntamiento de Pratdip ha aprobado la baja contable de derechos no tributarios pendientes de cobro de ejercicios cerrados, formalizando el cierre del expediente 554/2026.

El Ayuntamiento de Pratdip ha decidido sanear sus cuentas pendientes de cobro procedentes de años anteriores. En el pleno ordinario celebrado el pasado 19 de octubre, la corporación local aprobó por unanimidad la baja contable de una serie de derechos no tributarios que, por diversas razones, han dejado de ser exigibles.

Datos clave

Qué hacer
Recurso de reposición o contencioso
Plazo
1 mes (reposición) o 2 meses (judicial)

Estas deudas son historia.

La medida afecta a los derechos reconocidos en ejercicios presupuestarios ya cerrados que figuran en el anexo 2 del expediente 554/2026. Esta resolución es el paso administrativo necesario para que la Intervención municipal pueda limpiar el balance y reflejar la realidad contable de la caja, eliminando partidas que ya no se van a cobrar.

El acuerdo, que ya ha sido publicado formalmente, ordena a los servicios técnicos municipales realizar los ajustes contables oportunos para que estas bajas sean efectivas de inmediato. Se pone así punto final a una acumulación de expedientes que arrastraban un carácter pendiente.

Si alguien necesita revisar o impugnar esta decisión, dispone de dos vías principales. Puede interponer un recurso de reposición ante el propio Pleno del Ayuntamiento en un plazo de un mes, o bien optar por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal de Reus, para lo cual el plazo se extiende hasta los dos meses. Ambos plazos comienzan a contar a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio.

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