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Ayuntamiento de La Fresneda·Boletín Bien de la Provincia de Teruel,

La Fresneda regula el paso de quads y buggies con multas de 3.000 €

El Ayuntamiento de La Fresneda ha dado luz verde a una nueva ordenanza que prohíbe el uso de estos vehículos en vías peatonales y caminos municipales, con sanciones que pueden alcanzar los 3.000 euros.

Si eres de los que disfrutan recorriendo los caminos de La Fresneda a lomos de un quad, un buggy o una moto de enduro, ten cuidado: las reglas del juego han cambiado de forma definitiva. El Ayuntamiento ha aprobado una nueva ordenanza municipal que pone coto al uso recreativo de estos vehículos en el término municipal, buscando proteger tanto los caminos rurales como el paisaje que rodea al pueblo.

Datos clave

Multas leves
Hasta 750 €
Multas graves
Hasta 1.500 €
Multas muy graves
Hasta 3.000 €
En vigor
14 de noviembre de 2026

La norma es clara y no admite muchas interpretaciones: circular por zonas peatonales, plazas o parques es terreno prohibido. Además, el texto veta el paso de estos vehículos por todos los caminos municipales si se destinan a fines de alquiler, bajo el argumento de que el interés paisajístico y agrícola del entorno hace necesario limitar su presencia.

Para los conductores particulares, la situación no es más laxa. El consistorio se reserva la potestad de prohibir el tránsito en vías concretas cuando existan motivos sobrevenidos, como la celebración de mercados, ferias o concentraciones deportivas. Si el Ayuntamiento decide cerrar un camino, estará obligado a colocar la señalización específica que lo indique.

La ordenanza también estrena un régimen sancionador que puede salir caro. Las multas oscilan desde los 750 euros para las infracciones leves, como estacionar fuera de los lugares autorizados, hasta los 3.000 euros para las infracciones muy graves, categoría en la que figuran circular superando los límites de velocidad o hacerlo bajo los efectos del alcohol.

Los propietarios de vehículos de alquiler cargan con obligaciones extra: deben tener siempre a disposición de sus clientes una lista de las rutas permitidas. Si no lo hacen, se enfrentan a una sanción leve.

La norma entrará en vigor a mediados de noviembre, exactamente quince días después de su publicación en el boletín provincial. El consistorio ya advierte que la responsabilidad recae en quien conduce, ya sea el usuario final o el dueño del negocio.

Las infracciones caducan pronto: tres meses para las leves, seis para las graves y un año para las muy graves.

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