Cañada Vellida autoriza el almacenamiento de baterías en Montesol
El Ministerio para la Transición Ecológica autoriza la construcción del módulo de almacenamiento Hibridación Montesol en Cañada Vellida. La instalación de baterías conectará con el parque fotovoltaico ya existente.
El parque solar Montesol de Cañada Vellida va a ganar una nueva vida técnica gracias a un módulo de almacenamiento por baterías que acaba de recibir luz verde del Ministerio para la Transición Ecológica.
Datos clave
- Promotor
- Planta Solar OPDE 6
- Capacidad
- 26,74 MW y 140 MWh
- Ubicación
- Cañada Vellida
- Plazo recurso
- 1 mes
Planta Solar OPDE 6, promotora de la instalación fotovoltaica ya operativa, podrá construir este sistema de baterías, denominado Hibridación Montesol, tras completar los trámites administrativos necesarios. El proyecto contará con una potencia instalada de 26,74 MW, apoyándose en un almacenamiento de 140 MWh.
La infraestructura técnica es considerable. El sistema se compone de 28 módulos de baterías de litio, apoyados por siete estaciones transformadoras y siete inversores de gran capacidad. Toda esta energía se evacuará a través de una línea subterránea de 5,7 kilómetros hasta la subestación de Ampliación Sierra Costera II, que a su vez será objeto de una reconfiguración interna para integrar el nuevo flujo.
El expediente refleja un camino administrativo sin sorpresas. La Subdelegación del Gobierno en Teruel ha coordinado los informes de organismos como Carreteras, Patrimonio Cultural y la Confederación Hidrográfica del Ebro, sin que ninguno de ellos haya presentado oposición al proyecto. La asociación Ecología y Libertad presentó alegaciones, que fueron respondidas por la Subdelegación durante el proceso.
La resolución incluye condiciones estrictas. La empresa deberá notificar la finalización de las obras y asegurar el cumplimiento de todas las prescripciones de seguridad y medio ambiente. Cualquier incumplimiento dará lugar a la anulación de esta autorización.
El proyecto se acoge al Real Decreto 997/2025 para agilizar su puesta en marcha. La autorización no es el paso final: el promotor aún deberá realizar trámites adicionales para obtener la autorización de explotación definitiva, con fecha límite para el hito establecida para finales de 2030.
La resolución ya es firme para el promotor. Contra ella cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes.
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