Adiós al proyecto solar ISF Campellos Benifaió en Benifaió
La promotora Energía Caelum ha desistido de la construcción de la planta fotovoltaica prevista en Benifaió y Picassent, alegando la imposibilidad técnica de cumplir con los condicionantes paisajísticos exigidos.
El proyecto fotovoltaico ISF Campellos Benifaió Solar ya no verá la luz. Su promotora, Energía Caelum, ha decidido tirar la toalla tras años de trámites y una maraña de informes que han hecho inviable su ejecución en las condiciones originales.
Datos clave
- Estado
- Proyecto desistido
- Promotor
- Energía Caelum, SLU
- Ubicación
- Benifaió y Picassent
- Recurso
- 1 mes ante la Dirección General
La empresa ha solicitado formalmente el desistimiento de las autorizaciones administrativa y de construcción que venía tramitando desde agosto de 2022. La instalación, prevista para ocupar diversas parcelas en los términos municipales de Benifaió y Picassent, contaba con una potencia de 5,485 MW.
La decisión llega después de que el Servici de Paisatge emitiera un informe en mayo de 2026. Aunque dicho informe se refería al proyecto inicial, la promotora sostiene que las exigencias sobre la integración paisajística, la protección de la cubierta vegetal y la conservación del arbolado agrícola resultarían igualmente aplicables al proyecto modificado, haciendo inviable su rentabilidad.
La administración valenciana ha aceptado el desistimiento mediante una resolución firmada el 2 de julio de 2026 por Roberto Javier Ánchel Añó, jefe del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia. Este movimiento cierra el expediente administrativo abierto hace cuatro años.
Ahora, el promotor debe iniciar el proceso para recuperar los avales depositados. Este paso no forma parte del expediente cerrado, sino que debe gestionarse a través del canal específico de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
El archivo es definitivo. No queda nada pendiente.
Contra esta resolución, los interesados aún disponen de un plazo de un mes para interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas, contando desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.
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