Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Denegada la planta solar ISF Canaleja Chiva Solar en Chiva

La Generalitat tumba el proyecto fotovoltaico de 5 MW en Chiva ante la falta de garantías en el informe de paisaje. La empresa promotora no ha cumplido con los requisitos técnicos exigidos.

El proyecto solar ISF Canaleja Chiva Solar, que aspiraba a instalar 5 MW de potencia fotovoltaica en el polígono 13 de Chiva, se ha quedado sin los permisos necesarios. La Generalitat ha desestimado la solicitud de Energía Solcire, S.L.U. tras años de requerimientos técnicos sin respuesta satisfactoria.

Datos clave

Estado
Desestimado
Promotor
Energía Solcire, S.L.U.
Potencia
5 MW
Recurso
1 mes

El expediente, que arrancó en junio de 2022, ha sido un camino lleno de trámites y advertencias. El punto de ruptura ha sido el informe del Servicio de Paisaje, que calificó como desfavorable el proyecto por no haber subsanado una larga lista de condiciones técnicas imprescindibles. Entre las carencias señaladas, el Servicio de Paisaje destaca la falta de un estudio de visibilidad adecuado y la ausencia de una valoración correcta de las unidades de paisaje afectadas por la planta.

A pesar de los intentos de la empresa por aportar documentación adicional, la Administración ha concluido que las respuestas llegaron fuera de plazo o no resolvieron los puntos críticos. En concreto, el proyecto no ha logrado detallar las partidas presupuestarias del plan de desmantelamiento ni las medidas concretas de integración paisajística exigidas, como la plantación de arbolado agrícola entre el recinto y la carretera CV-50.

La resolución, firmada el 27 de mayo por el jefe del Servicio Territorial, Roberto Javier Ánchel Añó, pone fin a la tramitación de esta solicitud específica. El expediente acumuló advertencias sobre la pérdida de derechos de trámite ante la falta de justificaciones técnicas suficientes, lo que finalmente ha conducido a esta desestimación definitiva por parte de la Generalitat.

Contra esta resolución cabe interponer un recurso de alzada. Los interesados disponen de un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación, para presentarlo ante la Dirección General de Energía y Minas. El proyecto, tal como fue presentado, no cumple con la normativa de ordenación del territorio y paisaje vigente en la Comunitat Valenciana.

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