Diputación Provincial de Valencia: Gestión de Recursos Humanos y Organización·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Ya está el tribunal para la plaza de auxiliar informático en la Diputación

La Diputación de Valencia ha nombrado al tribunal que evaluará las pruebas para la plaza de técnico auxiliar de informática. Los aspirantes ya pueden conocer quiénes formarán el órgano de selección definitivo.

Los aspirantes a la plaza de técnico auxiliar de informática de la Diputación de Valencia ya conocen quiénes integrarán el tribunal que evaluará sus conocimientos técnicos y capacidad operativa. El Decreto de Presidencia 10081, fechado el 17 de agosto de 2026, oficializa los nombres de quienes decidirán el futuro de la convocatoria 32/24.

Datos clave

Recurso
1 mes (reposición) / 2 meses (vía judicial)
Convocatoria
32/24
Presidente
Miguel Ángel Gómez Calabuig
Fecha decreto
17 de agosto de 2026

Miguel Ángel Gómez Calabuig, jefe del servicio de informática, asumirá la presidencia del órgano de selección. Estará acompañado por David Torres Palanca como presidente suplente, en una estructura que busca cubrir todas las áreas clave de la administración electrónica provincial.

El cuerpo técnico de vocales, encargado de los exámenes y baremos, queda compuesto por Guillermo Morte Furio, María Jesús Langa Reyes y Eva María García Moner, junto con sus respectivos suplentes, Juan Casas Cuevas, Gloria Conesa Sánchez y María Teresa Avaria Palma. Todos ellos pertenecen al área de informática de la propia Diputación.

El área de recursos humanos también refuerza el proceso. Vicente Rafael Boquera Matarredona actuará como secretario titular, con José Vicente Vivo Caselles como secretario suplente. Además, Emilio Casamitjana Gamez, Amparo Muñoz Bueno y Pablo Jiménez Notario colaborarán como técnicos especializados en el desarrollo de las pruebas.

La transparencia es total.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el presidente de la Corporación en el plazo de un mes, o bien acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, según lo establecido en la Ley 29/1998.

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