La Mancomunitat de les Valls estrena reglamento para la protección infantil
Si residen en la mancomunitat, ya es oficial el nuevo protocolo de intervención ante situaciones de riesgo en menores. Conocemos las claves y los plazos de recurso.
Las familias de Faura y el resto de municipios que integran la Mancomunitat de les Valls ya cuentan con un reglamento definitivo para la detección, valoración e intervención en casos de riesgo en la infancia y la adolescencia. El documento, publicado tras finalizar el periodo de exposición pública sin recibir reclamaciones, regula cómo deben actuar los servicios sociales ante situaciones de desprotección que, sin llegar a requerir la separación del menor de su entorno, necesitan una intervención administrativa para garantizar su bienestar.
Datos clave
- Plazo de recurso
- 2 meses
- Órgano competente
- Mancomunitat de les Valls
- Sede social
- Carrer Miguel de Cervantes, 3A, Faura
El texto establece un marco de actuación unificado para todos los municipios mancomunados. La base de todo el procedimiento es el Proyecto de Intervención Personal, Social y Educativo Familiar, conocido como el PISEF. Este plan no es una sugerencia, sino un compromiso que debe consensuarse con la familia del menor, y cuyo incumplimiento puede derivar en la declaración oficial de situación de riesgo por parte de la presidencia de la Mancomunitat.
La norma detalla con precisión quirúrgica qué circunstancias disparan las alarmas: desde la falta de atención física o psíquica y la negligencia en el seguimiento médico, hasta situaciones más complejas como el uso de castigos desproporcionados, el consumo habitual de sustancias o la exposición del menor a la violencia doméstica. El reglamento también subraya que la perspectiva de género y el interés superior del niño deben guiar cada paso del procedimiento, con una evaluación técnica que se apoyará en la herramienta Valora-CV para priorizar las intervenciones.
El proceso administrativo es garantista. Antes de cualquier declaración de riesgo, se concede un trámite de audiencia a los progenitores y, si tiene la madurez suficiente o supera los doce años, al propio menor. Si la intervención no logra los objetivos previstos, la Comisión de Intervención Social puede proponer medidas más restrictivas, incluyendo la derivación a la Generalitat para valorar un posible desemparamiento.
Nada es permanente en este reglamento: la situación de riesgo se revisará constantemente y se levantará en cuanto la familia recupere las capacidades necesarias para atender sus responsabilidades. Las decisiones de la Mancomunitat ya son firmes, pero contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de València en un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
El reglamento entró en vigor tras la publicación y el transcurso de quince días hábiles. El expediente queda a disposición de los interesados en las oficinas de la sede de los Servicios Sociales en Faura. La protección del menor es un derecho que ya tiene un procedimiento trazado al milímetro.
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