Nuevas reglas para las ayudas por nacimiento en Alberic
El Ayuntamiento actualiza los requisitos para obtener el cheque bebé y el periodo obligatorio de empadronamiento que se exige a los progenitores.
Las familias de Alberic que esperen un nuevo miembro en casa ya tienen sobre la mesa las condiciones definitivas para solicitar la ayuda municipal. Tras la aprobación en el pleno del pasado 26 de febrero y el periodo de exposición pública sin reclamaciones, el Ayuntamiento ha dado luz verde a la modificación de las bases reguladoras para nacimientos, adopciones y acogimientos superiores a seis meses.
Datos clave
- Plazo
- Hasta el 30 de noviembre de cada año
- Requisitos
- Empadronamiento de al menos 9 meses de uno de los progenitores en Alberic
- Qué hacer
- Presentar solicitud en Plaza de la Constitución, 24 o sede electrónica municipal
- Subsanación
- 10 días hábiles para corregir documentación faltante
- Gastos aceptados
- Facturas de comercios locales desde 4 meses antes del nacimiento
Para poder optar a esta subvención, la norma exige ahora que tanto el menor como al menos uno de los progenitores estén empadronados en Alberic, y que los padres acrediten una antigüedad mínima de nueve meses en el padrón local antes de que se produzca el nacimiento, la adopción o la acogida. Si el suceso ocurrió entre el 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del presente ejercicio, la familia cumple con el marco temporal marcado por esta convocatoria.
Un punto clave es el destino del dinero: el Ayuntamiento busca fomentar el consumo local, por lo que las facturas presentadas para justificar el gasto deben proceder de comercios de la población. Se aceptan gastos desde cuatro meses antes del nacimiento y hasta el momento de la solicitud, cubriendo desde farmacia y alimentación infantil hasta ropa o cunas.
La ayuda es compatible con otras administraciones, siempre que no se supere el coste total de lo gastado. Además, el sistema permite que si el solicitante tiene deudas pendientes con el consistorio, se descuente directamente de la cuantía de la ayuda, ingresando solo la diferencia positiva.
El procedimiento de solicitud se mantendrá abierto hasta el 30 de noviembre de cada año, siendo necesario presentar la documentación mediante registro general en la Plaza de la Constitución, 24, o a través de la sede electrónica municipal. Una vez entregada la instancia, los técnicos municipales comprobarán los requisitos, y en caso de faltar algún documento, el solicitante tendrá un máximo de diez días hábiles para corregirlo.
La dotación económica individual se fijará en la convocatoria anual correspondiente, con cargo a la partida presupuestaria de ayudas por maternidad. Cualquier interesado en consultar el texto completo o las bases de protección de datos personales puede acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de Alberic.
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