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Boletín Bien

Alborache estrena ordenanza para limpiar solares y vallar pozos

Boletín Bien de Valencia, 12 de junio de 2026

Si tienes una parcela o fachada en mal estado en Alborache, la nueva normativa municipal te obliga a actuar para evitar multas que alcanzan los 6.000 euros.

Los propietarios de terrenos y viviendas en Alborache tienen nuevas reglas de juego a partir de ahora. El Ayuntamiento ha hecho oficial la aprobación definitiva de su ordenanza reguladora de la conservación de cerramientos, limpieza de solares y terrenos rústicos, un documento que busca poner coto a las parcelas abandonadas, las fachadas deterioradas y los pozos sin protección que salpican el entorno urbano y rural.

La norma es tajante sobre las obligaciones de los dueños. A partir de este momento, cualquier terreno debe mantenerse en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. En el caso concreto de los solares en suelo urbano, el texto exige que estén vallados de forma permanente con cerramientos de al menos dos metros de altura, formados por dos hiladas de bloque de hormigón y rematados con malla de simple torsión o similar.

Si el ayuntamiento detecta una situación de peligro o suciedad, dictará una orden de ejecución para obligar a la limpieza o reparación inmediata. Esta orden detallará el presupuesto estimado y el plazo necesario, y será el técnico municipal quien inspeccione que los trabajos se han realizado correctamente. Durante ese proceso, los propietarios podrán proponer alternativas técnicas o pedir una prórroga, pero el cumplimiento es obligatorio.

El incumplimiento de estas órdenes tiene consecuencias directas. El consistorio se reserva el derecho de actuar de manera subsidiaria, es decir, realizar ellos la obra y pasarle la factura al propietario, además de imponer multas coercitivas que pueden llegar a sumar hasta diez mensualidades, cada una por un valor máximo del 10 por ciento del coste de la obra ordenada.

Más allá de las limpiezas generales, el texto incluye una disposición adicional específica para las parcelas de cultivo. Sus dueños deberán tenerlas limpias de matorrales y malas hierbas durante el primer trimestre de cada año. Si tras una notificación escrita pasan quince días sin que se realice la limpieza, el ayuntamiento actuará por su cuenta aplicando el procedimiento de ejecución subsidiaria.

El régimen sancionador establece multas por infracción que oscilan entre los 150 y los 6.000 euros. La cuantía final dependerá de la gravedad de los hechos, valorando factores como la trascendencia social, el riesgo para la seguridad, la reincidencia o la intencionalidad de quien deja la parcela o el inmueble a su suerte.

Si la ejecución de las obras exigiera el desalojo provisional de algún ocupante, el coste del realojo también correrá a cuenta del propietario del inmueble afectado. La normativa ya es efectiva y cualquier resolución dictada por la alcaldía al respecto pone fin a la vía administrativa, dejando abierta la opción de recurrir en reposición ante el propio consistorio en el plazo de un mes.

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