Ayuntamiento de Alcàsser·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

IAE en Alcàsser: el calendario de pagos para el ejercicio 2026

El Ayuntamiento de Alcàsser activa el cobro del Impuesto de Actividades Económicas para 2026. Fechas clave para el pago voluntario, domiciliaciones y posibles alegaciones.

Si tienes una actividad económica en Alcàsser, este anuncio te interesa. El Ayuntamiento ha publicado ya el padrón del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para este año 2026, lo que significa que el calendario fiscal para las empresas y autónomos locales acaba de ponerse en marcha.

Datos clave

Periodo voluntario
11 de septiembre a 11 de noviembre
Cargo domiciliado
12 de octubre de 2026
Alegaciones
15 días hábiles desde publicación
Recurso
1 mes tras fin de exposición

Todo está listo.

El padrón ha sido aprobado definitivamente mediante la resolución 2026-1770 y ya se encuentra expuesto en el tablón municipal de edictos. Si detectas algún error en tu cuota o necesitas realizar alguna comprobación, puedes acudir a las dependencias de Recaudación durante un plazo de quince días hábiles para presentar las alegaciones que estimes necesarias.

Para el pago, el periodo voluntario se abre el próximo 11 de septiembre y se extenderá hasta el 11 de noviembre de 2026, ambos días inclusive. Si tienes el tributo domiciliado en tu entidad bancaria, marca en el calendario el 12 de octubre de 2026, que es la fecha en la que se hará efectivo el cargo en tu cuenta.

Aquellos contribuyentes que no reciban el aviso de pago en su domicilio deberán solicitarlo directamente en las oficinas de Recaudación del ayuntamiento para evitar olvidos. Si ya lo has recibido, recuerda que puedes realizar el ingreso en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que aparecerán detalladas en el documento de pago.

Es fundamental atender a estos plazos. Una vez superado el 11 de noviembre, si la deuda sigue pendiente, el consistorio iniciará el periodo ejecutivo de cobro. Esto conlleva la aplicación de intereses de demora, los recargos legales correspondientes y, en los casos de mayor retraso, las costas derivadas del procedimiento de apremio.

Si no estás de acuerdo con la liquidación o con la aprobación del padrón, la ley te permite interponer un recurso de reposición ante la propia Alcaldía. Dispones de un mes para presentar este recurso, plazo que empezará a contar a partir del día siguiente al cierre de la exposición pública inicial.

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