Ayuntamiento de Alfarrasí·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Alfarrasí aprueba su nueva ordenanza de agua y alcantarillado

El Ayuntamiento de Alfarrasí ha dado luz verde definitiva a la normativa que regula el suministro y el alcantarillado, marcando las pautas para el control de consumos y las tarifas vigentes.

Alfarrasí ya tiene su nueva ordenanza para el agua y el alcantarillado, un texto que fija las reglas del juego para el abastecimiento domiciliario tras haberse aprobado de forma definitiva sin recibir reclamaciones durante el periodo de exposición pública.

Datos clave

Plazo de recurso
2 meses
Periodicidad
Trimestral
Uso diario fraude
3 horas

La normativa define ahora como prestación patrimonial pública no tributaria el coste que los vecinos y empresas abonan por el servicio, detallando desde las tarifas por el consumo trimestral hasta los conceptos vinculados a la conservación de contadores y el mantenimiento de las redes municipales.

Uno de los puntos clave es la capacidad inspectora que adquiere la empresa gestora del servicio, que podrá visitar inmuebles para realizar tomas de muestras y verificar que no existan irregularidades en las conexiones, siempre que el personal cuente con la identificación oficial que acredite su labor.

En caso de que se detecte un fraude en el suministro, la normativa establece un método de cálculo claro: el volumen defraudado se estimará multiplicando el caudal de referencia del contador por el tiempo estimado de la irregularidad, fijando de forma genérica un uso diario de tres horas.

Los cortes de suministro por impago o fraude no podrán ejecutarse en viernes, días festivos o vísperas de festivos, ni en ninguna fecha en la que no exista servicio completo de atención al público, garantizando así un margen mínimo de gestión antes de que el grifo se cierre.

Los precios fijados en el nuevo anexo tienen carácter de máximos, lo que permite que el Ayuntamiento pueda aplicar tarifas inferiores si se acuerda una subvención para la entidad suministradora.

La revisión de estos importes se realizará anualmente, aunque se abre la puerta a ajustes extraordinarios si las condiciones económicas cambian, siempre tras el informe preceptivo de la Comisión de Precios de la Generalitat.

Si no estás conforme con esta aprobación, el recurso contencioso-administrativo es la vía legal para impugnar el acuerdo ante el Tribunal Superior de Justicia de València, con un plazo de dos meses desde hoy mismo.

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