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Ayuntamiento de Algemesí·Boletín Bien de Valencia, 11 de junio de 2026

Algemesí estrena ordenanza del agua: tarifas y cómo evitar multas

El Ayuntamiento de Algemesí ha dado luz verde definitiva a la normativa que regula el suministro y el alcantarillado, incluyendo el cálculo exacto del fraude.

Si vives en Algemesí, ya es oficial: el Pleno ha aprobado definitivamente la ordenanza 5.1, que regula el servicio municipal de agua potable y saneamiento. Tras el periodo de exposición pública en el que no se presentaron alegaciones, la normativa entra en vigor para marcar las reglas del juego en la gestión de este recurso esencial, desde la facturación trimestral hasta las condiciones para las comunidades de propietarios.

Datos clave

Cuota base
1,69 € al mes para instalaciones de hasta 13 milímetros.
Conservación contador
0,62 € mensuales para instalaciones de hasta 13 milímetros.
Suspensión suministro
Puede ocurrir por el impago de 1 recibo trimestral o 2 mensuales.
Cálculo fraude
3 horas de uso diario por cada día de manipulación estimada.

La nueva ordenanza establece un sistema de tarifas basado en el calibre del contador y el uso del agua, que se aplicará con IVA según la ley vigente. Para una instalación estándar de hasta 13 milímetros, la cuota de servicio base queda fijada en 1,69 euros al mes, a lo que habría que sumar la cuota de consumo variable y la específica de conservación del contador, que para ese mismo calibre es de 0,62 euros mensuales.

El documento aclara además quién es el responsable de pagar: la obligación recae en el titular del contrato, aunque en edificios sin personalidad jurídica, como las comunidades de propietarios, el pago puede recaer de manera solidaria sobre todos los propietarios. Si eres administrador de fincas o representas a una comunidad, conviene tener presente que el impago de un recibo trimestral o de dos mensuales puede derivar en la suspensión del suministro.

La normativa incluye un apartado estricto sobre el fraude, estableciendo un método de cálculo para quienes manipulen las instalaciones. El volumen de agua defraudada se estimará multiplicando el caudal de referencia del contador por el tiempo estimado de la irregularidad, calculando este último a razón de tres horas de uso diario por cada día que se considere que ha durado la manipulación.

No obstante, la ordenanza contempla salvaguardas importantes para quienes atraviesan dificultades económicas. Aquellas personas en situación de vulnerabilidad, debidamente acreditadas por los servicios sociales municipales, estarán protegidas contra el corte de suministro mientras persista dicha situación, y el Ayuntamiento podrá hacerse cargo de los recibos si así se estipula en el contrato con la empresa gestora.

El servicio se prestará bajo un régimen de gestión indirecta, aunque la titularidad y la capacidad de revisión de las tarifas siguen siendo competencia exclusiva del Pleno. Para cualquier revisión futura de los precios, el Ayuntamiento deberá contar con un informe previo de la Comisión de Preus de la Generalitat, garantizando que los ajustes tarifarios sigan una fórmula polinómica basada en los costes de explotación reales.

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