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Ayuntamiento de Algemesí·Boletín Bien de Valencia, 11 de junio de 2026

Algemesí estrena nuevas reglas para las terrazas de hostelería

Si tienes un bar o restaurante, toma nota: el Ayuntamiento ha fijado las nuevas exigencias para ocupar la vía pública y tienes hasta el 1 de enero para adaptarte.

Los hosteleros de Algemesí tienen desde esta semana una nueva guía para organizar sus terrazas. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la ordenanza que regula el uso del dominio público municipal, estableciendo criterios más precisos para la instalación de mesas, sillas y elementos auxiliares como toldos o estufas, poniendo fin a la ambigüedad que existía hasta ahora.

Datos clave

Plazo
Hasta el 1 de enero de 2027 para adaptar las terrazas a las nuevas exigencias.
Requisitos
Marcar límites en el pavimento con 2 líneas verdes de 25 centímetros ante Policía Local.
Qué cambia
Ocupación máxima de 60 m2 para locales de hasta 200 m2 y 100 m2 para locales mayores.
Sanciones
Multas entre 750 € y 3.000 € según la gravedad de la infracción.
Horarios
Invierno hasta 23.30 (laborables) y 01.00 (festivos); verano hasta 00.00 y 01.30.

La normativa es clara respecto a los límites: la ocupación se ajustará al aforo interior, calculando 2 metros cuadrados de terraza por cada persona aforada dentro del local. Además, se establecen topes máximos de 60 metros cuadrados para locales de hasta 200 metros, y de 100 metros cuadrados para los establecimientos más grandes. Estas medidas buscan equilibrar el derecho de los negocios a crecer con el uso común del espacio por parte de todos los vecinos.

Uno de los cambios más visibles será la obligación de marcar los límites del espacio autorizado en el pavimento con dos líneas verdes de 25 centímetros, una tarea que deberá realizarse en presencia de la Policía Local. Quienes ya contaban con autorizaciones anteriores tienen de plazo hasta el 1 de enero de 2027 para ajustar su situación a estas nuevas exigencias técnicas, a menos que dispongan de estructuras fijas previas.

La ordenanza también endurece el régimen sancionador para garantizar el cumplimiento. Las multas por infracciones van desde los 750 euros para las faltas leves, como no tener la autorización a la vista, hasta los 3.000 euros para las muy graves, como producir molestias vecinales importantes por el funcionamiento de la terraza o impedir la labor de los inspectores.

En cuanto a los horarios, se mantiene una distinción estacional clara. En invierno, el horario límite es las 23.30 de domingo a jueves, extendiéndose hasta la 01.00 los viernes, sábados y vísperas de festivos. Durante los meses de verano, el cierre se retrasa media hora en ambos casos, permitiendo funcionar hasta la medianoche en días laborables y hasta la 01.30 en vísperas de festivos.

Finalmente, se constituirá una comisión de seguimiento anual formada por responsables de las áreas de Policía Local, Patrimonio, Urbanismo y Medio Ambiente, entre otras. Este órgano se encargará de evaluar cómo funciona la norma en la práctica, ajustando los criterios si detectan zonas saturadas donde la ocupación de terrazas comprometa la convivencia ciudadana.

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