Algemesí estrena reglamento para sus comisiones de servicios sociales
Algemesí formaliza la estructura de sus tres comisiones de servicios sociales. El reglamento ya es definitivo y detalla cómo se tomarán las decisiones técnicas en la ciudad.
Los servicios sociales de Algemesí estrenan nuevas reglas de juego para su maquinaria técnica interna. El ayuntamiento ha dado luz verde definitiva al reglamento que organiza sus tres comisiones zonales, los órganos encargados de filtrar y coordinar la ayuda que llega a quienes más la necesitan en la ciudad.
Datos clave
- Entrada en vigor
- Tras su publicación en el BOP
- Qué regula
- Comisiones técnicas de servicios sociales
- Recurso judicial
- 2 meses ante el TSJ de la Comunitat
Todo cambia sobre el papel.
El documento, publicado íntegramente tras un periodo de exposición pública sin alegaciones, detalla ahora cómo funcionarán tres comisiones clave: la de Valoración y Seguimiento de Prestaciones Económicas, la de Intervención Social y la Organizativa. El objetivo oficial es garantizar la homogeneidad en la concesión de ayudas y la unidad de acción ante situaciones de riesgo o vulnerabilidad.
La comisión encargada de las prestaciones económicas se reunirá como mínimo cada quince días. Su composición fija incluye a tres trabajadores sociales, un perfil de integración social y otro jurídico. La presidencia recae en la coordinación del equipo de zona, mientras que la secretaría queda en manos de personal de apoyo administrativo.
Las otras dos mesas operan con criterios similares pero objetivos distintos. La Comisión de Intervención Social se enfocará en el seguimiento de los planes personalizados y la coordinación interdisciplinar, mientras que la Organizativa velará por el cumplimiento del plan estratégico zonal y la eficiencia de los recursos disponibles. Todas ellas pueden celebrar sus sesiones de forma presencial o a distancia.
El reglamento introduce mecanismos de urgencia. Si una situación no puede esperar, la coordinación puede tomar decisiones inmediatas sin pasar por la convocatoria ordinaria, siempre que se justifique con rigor y se ratifique en la siguiente sesión reglada.
La transparencia interna queda blindada. Los miembros están sujetos a secreto profesional sobre los casos tratados, y las actas serán notificadas electrónicamente a los integrantes para su aprobación. Contra este texto normativo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.
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