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Ayuntamiento de Aras de los Olmos·Boletín Bien de Valencia, 4 de junio de 2026

Impuestos en Aras de los Olmos: los plazos para el agua y la basura

El Ayuntamiento ya tiene listos los padrones de 2026. Si tienes recibos pendientes de agua o residuos, marca en el calendario el periodo de pago voluntario.

Si vives en Aras de los Olmos, tu economía doméstica tiene una cita marcada en el calendario para este verano. El Ayuntamiento ha aprobado los padrones fiscales para la recogida de basura del presente ejercicio y para el suministro de agua y alcantarillado correspondiente al primer semestre del año, dando luz verde al inicio de la recaudación.

Datos clave

Plazo pago voluntario
Del 15 de julio al 1 de octubre de 2026
Exposición pública
20 días naturales para consulta en dependencias municipales o sede electrónica
Recurso reposición
1 mes tras finalizar el periodo de exposición pública

El periodo de pago en voluntaria se ha fijado entre el 15 de julio y el 1 de octubre. Si tienes domiciliado el recibo, verás el cargo en tu cuenta bancaria exactamente el último día de ese plazo, el 1 de octubre.

Para quienes no han recibido el aviso de pago en casa, el Ayuntamiento recuerda que pueden dirigirse a la oficina de recaudación para realizar el trámite dentro de esos mismos meses. Si, por el contrario, ya cuentas con el aviso, podrás presentarlo en las oficinas indicadas en el propio recibo emitido por la Diputación Provincial de Valencia.

Los expedientes están ahora mismo en fase de exposición pública. Tienes 20 días naturales para consultarlos tanto en las dependencias municipales como a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. Es el momento de comprobar que todo esté correcto antes de que el calendario avance.

Si tras revisar los padrones consideras que hay algún error, dispones de un mes para interponer un recurso de reposición ante la Alcaldía, siempre una vez finalizado ese periodo inicial de exposición al público.

Más vale no despistarse con estas fechas. Si el plazo de ingreso voluntario concluye sin que la deuda se haya satisfecho, el recibo pasará automáticamente a periodo ejecutivo, lo que implica que a la cantidad original se le sumarán intereses de demora, recargos adicionales y, en caso de llegar al procedimiento de apremio, las costas correspondientes.

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