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Ayuntamiento de Benifairó de les Valls·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

El Ayuntamiento de Benifairó de les Valls estrena reglamento de teletrabajo

Los empleados municipales ya conocen los requisitos y los límites de días para trabajar desde casa. El documento, publicado tras su aprobación definitiva, marca la hoja de ruta para las solicitudes.

El personal del Ayuntamiento de Benifairó de les Valls cuenta desde esta semana con una nueva normativa que regula cómo y cuándo podrán realizar su jornada laboral de forma no presencial. Tras completar el periodo de exposición pública sin recibir reclamaciones, el acuerdo plenario del pasado 23 de febrero ha entrado en vigor oficialmente.

Datos clave

Qué hacer
Presentar solicitud en la sede electrónica con al menos 5 días naturales de antelación.
Requisitos
Declaración responsable de seguridad y prevención de riesgos en el domicilio.
Límite técnico
Máximo de 3 días hábiles al mes para personal técnico y administrativo.
Límite dirección
Máximo de 10 días hábiles al mes para puestos de dirección, coordinación y supervisión.
Evaluación
El consistorio evaluará el cumplimiento de objetivos cada 6 meses.

La norma establece que el teletrabajo tiene carácter voluntario, reversible y está condicionado a las necesidades del servicio. Para acceder a esta modalidad, los interesados deberán presentar una solicitud a través de la sede electrónica del consistorio con al menos cinco días naturales de antelación, acompañada de una declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones de seguridad y prevención de riesgos en su oficina doméstica.

La distribución de los días autorizables varía según el puesto: el personal técnico y administrativo que realice tareas de atención al ciudadano podrá trabajar fuera de la oficina un máximo de tres días hábiles por mes, mientras que los puestos de dirección, coordinación y supervisión tienen un tope de diez días hábiles mensuales.

Quedan expresamente excluidos de esta modalidad los puestos que requieran presencia física obligatoria, como los servicios de limpieza, la policía local, el personal de parques y jardines, la ayuda a domicilio, el personal de cementerio o la atención directa al público. En estos casos, la prestación debe mantenerse presencial para garantizar el servicio en el horario de apertura municipal.

El reglamento incluye también supuestos específicos para situaciones de crisis o emergencia, como protocolos sanitarios o alertas meteorológicas, y contempla modalidades de duración determinada por motivos de salud o situaciones excepcionales, que permiten una tramitación más ágil. El uso de las herramientas informáticas facilitadas por el ayuntamiento, así como el mantenimiento de la conectividad, serán responsabilidad directa de cada empleado.

Cada seis meses, el consistorio evaluará el cumplimiento de los objetivos establecidos para cada trabajador bajo esta modalidad. Si el informe resulta negativo, la autorización para teletrabajar quedará suspendida. Los interesados tienen a su disposición los formularios y el cuestionario de evaluación del espacio de trabajo en los anexos del nuevo reglamento municipal.

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