Bonrepòs i Mirambell ajusta sus cuentas ante facturas del pasado
El ayuntamiento ha aprobado una nueva norma interna para gestionar gastos de años anteriores que quedaron fuera de presupuesto, evitando así el enriquecimiento injusto.
El Ayuntamiento de Bonrepòs i Mirambell ha dado luz verde definitiva a una nueva regla de juego presupuestaria, la base 18 bis, que busca poner orden en los pagos pendientes de ejercicios anteriores. Tras el periodo de exposición pública sin reclamaciones, esta normativa entra en vigor para gestionar esas facturas que, por distintos motivos técnicos o administrativos, no fueron aplicadas a su presupuesto original en el momento de su devengo.
Datos clave
- En vigor
- Desde el 19 de junio de 2026
- Plazo de recurso
- 2 meses desde la publicación
El objetivo central de este cambio es regular el denominado reconocimiento extrajudicial de crédito. En la práctica, esto significa que cuando una factura de años pasados llega a la caja municipal sin haber pasado por el procedimiento ordinario, el consistorio cuenta ahora con una hoja de ruta clara para tramitar su abono y evitar que la administración se enriquezca injustamente a costa de proveedores que prestaron sus servicios.
La nueva base distingue con precisión cómo actuar. Si el gasto fue comprometido correctamente y solo hubo una omisión formal o un vicio corregible, el expediente se reconduce para ser imputado al presupuesto corriente o mediante la incorporación de remanentes, sin necesidad de recurrir a la vía extrajudicial. Es el camino para los errores que aún tienen remedio administrativo.
En cambio, si el acto original es declarado nulo de pleno derecho, por ejemplo por falta absoluta de crédito o prescindencia del procedimiento legal, el consistorio deberá activar un procedimiento específico. Este incluirá informes técnicos obligatorios para verificar que los servicios se ajustan a los precios de mercado y el preceptivo dictamen de la Intervención local conforme al régimen de control interno.
La competencia para autorizar estos pagos variará según el origen del gasto. Si en el ejercicio donde se originó la obligación existía crédito presupuestario, será la alcaldesa, Raquel Camila Pizarroso, quien apruebe el reconocimiento. Si por el contrario no había crédito, la decisión pasará obligatoriamente por el Pleno de la Corporación.
Contra esta aprobación definitiva, publicada en el boletín del 19 de junio de 2026, cabe interponer un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, para quienes deseen cuestionar la forma en la que el ayuntamiento ha decidido saldar estas cuentas pendientes.
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