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Ayuntamiento de Camporrobles·Boletín Bien de Valencia, 5 de junio de 2026

El recibo del agua de Camporrobles ya tiene fecha de cargo

El Ayuntamiento abre el periodo voluntario para abonar el consumo de los primeros seis meses del año y define las entidades bancarias habilitadas.

Si vives en Camporrobles, ya puedes marcar en el calendario el margen que tienes para poner al día el pago del agua potable correspondiente al primer semestre de 2026. El padrón fiscal que regula este suministro acaba de salir a exposición pública, dando el pistoletazo de salida a la recaudación de los meses de enero a junio.

Datos clave

Plazo de pago
Del 15 de julio al 1 de octubre de 2026
Cargo domiciliado
Se ejecutará el 1 de octubre de 2026
Plazo reclamaciones
15 días hábiles desde la publicación del anuncio
Dónde pagar
Entidades colaboradoras o web de la Diputación de Valencia

El periodo de pago en voluntaria arrancará el próximo 15 de julio y se extenderá hasta el 1 de octubre, ambos días incluidos. Para quienes tengan el recibo domiciliado, el cargo bancario se ejecutará precisamente en esa fecha límite, el 1 de octubre, o en el siguiente día hábil si fuera festivo.

El abono se puede tramitar a través de una amplia red de entidades colaboradoras, entre las que se encuentran BBVA, Banco Santander, Banco Popular Español, Bankia, CaixaBank, Banco Sabadell, Caixa Ontinyent, Cajamar, Caixa Popular, Caja Rural de Torrent y Correos Pay. Además, existe la posibilidad de gestionar el pago por internet a través de la oficina tributaria de la página web de la Diputación de Valencia.

Desde este momento, los vecinos cuentan con un plazo de 15 días hábiles para examinar el padrón y presentar cualquier reclamación que consideren oportuna. Si durante este tiempo no se registran alegaciones, el acuerdo firmado por el alcalde, Faustino Pozuelo Férriz, quedará ratificado como definitivo.

Es importante tener presente que, una vez superado el 1 de octubre, cualquier deuda pendiente entrará automáticamente en vía ejecutiva. Esto supone la aplicación de intereses de demora, los recargos previstos en la ley y, si el impago persiste, las costas derivadas de un posible procedimiento de apremio.

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