Ayuntamiento de Carlet·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Calendario fiscal de Carlet: los plazos para el IBI y el IAE en 2026

El Ayuntamiento de Carlet marca el calendario para el pago de los impuestos locales de 2026. Si no tienes los recibos domiciliados, aquí tienes cómo obtener tu carta de pago y las fechas clave para evitar recargos.

Si tienes propiedades o negocios en Carlet, es momento de anotar las fechas clave en el calendario fiscal. El ayuntamiento ha dado luz verde a los padrones de 2026 para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tanto urbano como rústico, y el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Datos clave

Periodo voluntario
1 de octubre a 15 de diciembre 2026
Cargo domiciliado
10 de noviembre de 2026
Exposición pública
15 días
Recurso reposición
1 mes tras exposición pública

Todo está en marcha. Estos listados ya están expuestos al público durante 15 días para que cualquier interesado pueda revisarlos y, si fuera necesario, presentar reclamaciones. Si nadie dice nada, los padrones quedarán aprobados de forma definitiva sin más trámite.

El periodo de pago en voluntaria se abrirá en otoño, concretamente el 1 de octubre, y se extenderá hasta el 15 de diciembre de 2026. Es el plazo para ponerse al día con el consistorio antes de que Hacienda empiece a aplicar recargos, intereses de demora y costes del procedimiento ejecutivo.

Si tienes los recibos domiciliados, el cargo se pasará a tu cuenta el 10 de noviembre. Para el resto de los contribuyentes, el pago puede efectuarse en las oficinas de CaixaBank, Caixa Rural Algemesí, Banc de Sabadell, Banc de Santander, Cajamar y Caixa Popular, además de a través de la oficina virtual de la web municipal.

¿Y si no te llega la carta de pago a casa? Si llega el 1 de noviembre y sigues sin noticias, puedes solicitar un duplicado en las dependencias del ayuntamiento o bien obtenerlo directamente desde la sede electrónica de la administración local. La burocracia no debe ser una sorpresa.

Contra la liquidación aprobada mediante decreto de alcaldía, siempre cabe el recurso de reposición. Este se puede interponer en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente al cierre de la exposición pública de los padrones. Es el camino habitual antes de acudir a la vía contencioso-administrativa.

La norma es clara.

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