La tasa de basuras 2026 de Casinos ya tiene padrón
Si tienes una propiedad en el municipio, el Ayuntamiento ya ha fijado las fechas clave para el pago y el periodo en el que puedes consultar los recibos.
Los propietarios de inmuebles en Casinos saben desde esta semana que el padrón fiscal correspondiente a la tasa por recogida de basuras del ejercicio 2026 ya es oficial. Tras la resolución firmada por el alcalde, Miguel Navarré Sancho, el documento se encuentra expuesto al público para que cualquier persona interesada pueda verificar sus datos en las oficinas municipales.
Datos clave
- Plazo alegaciones
- 15 días hábiles desde la publicación de este anuncio
- Periodo pago
- Del 15 de julio al 1 de octubre de 2026
- Cargo domiciliaciones
- 1 de octubre de 2026
- Recurso reposición
- 1 mes desde el fin del periodo de exposición pública
Dispones de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio, para revisar las liquidaciones y presentar alegaciones si detectas algún error en tu recibo. Es el momento de poner al día cualquier discrepancia antes de que el proceso avance hacia la fase de cobro.
Una vez superada esta exposición, el Ayuntamiento abrirá el periodo de pago voluntario entre el 15 de julio y el 1 de octubre de 2026. La Diputación de Valencia será la entidad encargada de gestionar el cobro, procediendo al cargo de los recibos domiciliados en las cuentas bancarias el mismo día 1 de octubre.
Resulta fundamental recordar que, si el plazo de ingreso voluntario finaliza sin haber satisfecho la deuda, se activará el periodo ejecutivo. Esto implica no solo la exigencia del importe inicial, sino también la suma de intereses de demora y los recargos legales correspondientes, pudiendo llegar a incluirse costas si se inicia un procedimiento de apremio.
Si tras la revisión deseas presentar un recurso de reposición ante la Alcaldía, el plazo es de un mes desde que termina el periodo de exposición pública. Por otro lado, la vía contencioso-administrativa podrá interponerse ante el juzgado competente en los dos meses siguientes a la resolución expresa del recurso o, en caso de silencio administrativo, en un plazo de seis meses.
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