Castelló actualiza sus ayudas de inclusión social para menores
Las familias ya pueden conocer las nuevas condiciones para costear actividades extraescolares y de ocio, con límites de hasta 60 euros al mes.
Si vives en Castelló y buscas apoyo para que tus hijos accedan a actividades culturales, deportivas o de ocio, el Ayuntamiento ha dado luz verde definitiva a la modificación de su ordenanza municipal de ayudas de inclusión social. Este cambio normativo, ya publicado tras superar el periodo de exposición pública, establece las reglas de juego para el acceso a estas subvenciones destinadas a menores de 3 a 17 años en situaciones de vulnerabilidad.
Datos clave
- Plazo
- Hasta el 31 de octubre
- Importe mensual
- Hasta 60 € al mes durante un máximo de 12 meses
- Importe anual
- Hasta 350 € anuales por menor para actividades puntuales
- A quién
- Menores de 3 a 17 años en situaciones de vulnerabilidad
- Qué hacer
- Presentar solicitud en el Registro General del Ayuntamiento
La cuantía de la ayuda cubre el 100 por cien del coste de la actividad. Para aquellas que tengan una periodicidad mensual, el límite se sitúa en 60 euros al mes durante un máximo de 12 meses. En el caso de actividades puntuales, la cifra asciende hasta los 350 euros anuales por menor, siempre sujeto a la existencia de crédito presupuestario.
El acceso a estas prestaciones está reservado para unidades familiares que cumplan requisitos específicos, como encontrarse en acogimiento, estar en situación de riesgo o tener ingresos limitados. Por ejemplo, el baremo económico para familias con un solo hijo se fija en dos veces el IPREM, incrementándose progresivamente según el número de miembros o si existe alguna discapacidad del 33 por ciento.
La tramitación se realiza a través de los Servicios Sociales, que valoran cada petición mediante criterios objetivos. Entre los factores que más puntúan, con hasta 10 puntos, se encuentra la acreditación de una problemática social mediante informe técnico. Otros aspectos como la condición de familia monoparental o numerosa, o el grado de dependencia, también suman puntos en la baremación final.
El plazo para presentar las solicitudes está abierto desde el día siguiente a esta publicación oficial y se extiende hasta el próximo 31 de octubre. Es importante recordar que el pago de las ayudas se realiza directamente a la persona solicitante y, en el caso de actividades mensuales, se requiere justificar el gasto de cada mes para poder percibir el siguiente.
La normativa también impone obligaciones claras a los beneficiarios, como la asistencia regular a las actividades o la colaboración con el equipo municipal en el caso de menores en edad escolar obligatoria. El incumplimiento de estas condiciones o la falta de justificación en los plazos marcados, que finalizan el 10 de diciembre, puede derivar en el reintegro de las cantidades recibidas.
Si necesitas presentar la solicitud, debes dirigirte al Registro General del Ayuntamiento o utilizar los canales previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Los expedientes serán resueltos en un plazo máximo de tres meses desde su presentación, momento a partir del cual el silencio administrativo se entenderá como desestimatorio.
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