El padrón de bienes inmuebles especiales en Catadau para 2026
Si eres titular de bienes inmuebles de características especiales, el Ayuntamiento ya ha fijado el calendario para el pago de este impuesto específico.
El Ayuntamiento de Catadau ha publicado el padrón fiscal correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales para el ejercicio 2026, un trámite que marca el inicio del ciclo de recaudación para estos activos. Si te encuentras entre los afectados por este tributo, debes saber que tienes un periodo de exposición pública de quince días en las oficinas municipales de la calle del Forn, número 1, para examinar el expediente y presentar, si lo consideras necesario, las alegaciones que estimes oportunas.
Datos clave
- Plazo voluntario
- Del 27 de julio al 1 de diciembre de 2026
- Exposición pública
- 15 días en las oficinas municipales de calle del Forn, 1
- Entidades pago
- Cajamar Caja Rural y Caixa Popular-Caixa Rural
- Recurso reposición
- 1 mes desde el día siguiente a la finalización de la exposición pública
El calendario de pago ya está definido y es amplio, puesto que el plazo voluntario de ingreso se extiende desde el próximo 27 de julio hasta el 1 de diciembre de 2026. Es una ventana de tiempo generosa, pero conviene no dejarlo para el último momento para evitar las complicaciones del periodo ejecutivo.
Si no tienes el pago domiciliado, el abono debe formalizarse a través de las entidades financieras que colaboran con la recaudación municipal: Cajamar Caja Rural y Caixa Popular-Caixa Rural. En caso de que el aviso de pago no llegue a tu domicilio por los cauces habituales, puedes solicitarlo directamente en la oficina de recaudación dentro del horario establecido para asegurar que dispones de la documentación necesaria para efectuar el ingreso.
Es fundamental recordar que, una vez superada la fecha límite del 1 de diciembre sin haber satisfecho la deuda, el Ayuntamiento activará el procedimiento de constrenyimiento. Esto conlleva la aplicación de los recargos legales correspondientes, así como los intereses de demora que marca la normativa tributaria estatal, lo que complica innecesariamente la gestión económica de estos bienes.
Contra esta aprobación, existe la posibilidad de interponer un recurso de reposición ante el propio órgano que ha dictado el acto. El plazo para esta vía administrativa es de un mes, que empezará a computar justo el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública mencionado al inicio.
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