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Cofrentes abre el proceso para elegir nuevo juez de paz

Plazo de solicitudAbierto hasta el 11 de septiembre de 2026Quedan 10 días
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El ayuntamiento abre el plazo para relevar la titularidad y la sustitución del juzgado de paz. Si te interesa el cargo, tienes quince días para presentar tu solicitud.

Cofrentes busca nuevos responsables para su Juzgado de Paz. El próximo 4 de noviembre quedan vacantes tanto la titularidad como la plaza de sustituto, por lo que el ayuntamiento ha activado ya el proceso para renovar estos cargos de confianza vecinal para los próximos 4 años.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 11 de septiembre de 2026
Duración mandato
4 años
Cómo solicitar
Registro municipal o sede electrónica
Qué presentar
Instancia y currículum

Si tienes interés en el puesto, dispones de quince días naturales desde hoy para presentar tu candidatura en el registro municipal o por cualquiera de los medios telemáticos permitidos por la ley de procedimiento administrativo común. El modelo de instancia y los detalles necesarios están a tu disposición en la sede electrónica local o en las propias oficinas del ayuntamiento.

El cargo exige ser español y mayor de edad, además de cumplir con los requisitos generales de acceso a la carrera judicial. Esto implica no tener impedimentos físicos o psíquicos para el ejercicio de la función, no haber sido condenado por delito doloso y estar en pleno ejercicio de tus derechos civiles.

La lista de incompatibilidades es extensa, como es habitual en la judicatura. No podrás ejercer si tienes otro cargo público, si trabajas en la administración, si eres abogado, procurador o si te dedicas a cualquier actividad mercantil o de asesoramiento jurídico, ni tampoco si militas en partidos políticos o sindicatos.

Sin embargo, la ley permite mantener actividades docentes o de investigación jurídica. También puedes realizar trabajos profesionales que no impliquen asesoramiento legal y que, por su propia naturaleza, no afecten a tu independencia ni interfieran con tus deberes en el juzgado.

La residencia debe establecerse en el propio municipio donde se ubica el juzgado. Solo en casos muy justificados y con autorización expresa de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, se podría permitir vivir fuera de la localidad.

Si nadie se presenta, el Pleno tiene la última palabra. La corporación municipal elegirá libremente a las personas que ocupen los puestos, sin necesidad de convocatoria pública adicional.

Todo cuenta.

No olvides acompañar tu solicitud con un currículum o una relación detallada de tus méritos profesionales.

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