Cambios en el calendario fiscal 2026: nuevas fechas para pagar en l'Eliana
El Ayuntamiento ajusta los periodos de cobro del IBI y la tasa de vados. Si tienes recibos domiciliados o pendientes de pago, te interesa conocer el nuevo calendario.
El Ayuntamiento de l'Eliana ha decidido mover las piezas de su calendario fiscal para este 2026. Una resolución de la alcaldía, firmada el pasado 11 de junio, altera los plazos de pago en voluntaria tanto para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tanto urbano como rústico, como para la tasa de entrada de vehículos (los conocidos como vados).
Datos clave
- Fin Pago Vados
- 29 de septiembre de 2026
- Cargo Domiciliado Vados
- 29 de julio de 2026
- IBI Plazo 1
- 16 de junio de 2026 al 29 de agosto de 2026
- IBI Plazo 2
- 29 de agosto de 2026 al 29 de octubre de 2026
- IBI Plazo 3
- 29 de octubre de 2026 al 29 de diciembre de 2026
Si pagas la tasa de vados, el periodo de cobro se extiende hasta el 29 de septiembre de 2026. Para aquellos que tengan el recibo domiciliado, el cargo en cuenta se efectuará el 29 de julio de 2026.
Para el IBI, la situación depende de cómo tengas configurado tu pago. Los recibos no domiciliados, aquellos domiciliados cuyo importe sea igual o inferior a 12 € y quienes hayan renunciado al pago prorrateado tienen de plazo hasta el 29 de septiembre de 2026, con cargo en cuenta el 29 de julio de 2026.
En cambio, para los recibos domiciliados que no se encuentren en el grupo anterior, el Ayuntamiento ha establecido un sistema de tres plazos. El primero abarca del 16 de junio al 29 de agosto de 2026, con cargo el 1 de julio de 2026.
El segundo plazo se extiende desde el 29 de agosto hasta el 29 de octubre de 2026, con cargo en cuenta el 1 de septiembre de 2026. Finalmente, el tercer plazo comenzará el 29 de octubre para finalizar el 29 de diciembre de 2026, efectuándose el cargo el 2 de noviembre de 2026.
Los padrones correspondientes ya están expuestos al público en el Departamento de Gestión Tributaria del municipio durante 15 días hábiles a partir de la publicación de este anuncio, permitiendo a los interesados su consulta. El Ayuntamiento recuerda que la información detallada sobre estos padrones solo se facilitará al propio obligado tributario o a su representante legal, manteniendo la confidencialidad de los datos.
Si consideras que algún punto de esta resolución no se ajusta a derecho, dispones de un mes para interponer un recurso de reposición. Este plazo empezará a contar al día siguiente de finalizar el periodo de exposición pública en las oficinas municipales.
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