Ayuntamiento de l'Eliana·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

L'Eliana aprueba el reglamento de su Mesa General de Negociación

Sin una sola alegación durante el trámite de exposición pública, el Ayuntamiento de l'Eliana formaliza las nuevas reglas de juego para sus mesas de negociación laboral.

Los empleados públicos del Ayuntamiento de l'Eliana cuentan desde esta semana con un nuevo reglamento que regirá las sesiones de su Mesa General de Negociación. El texto, que ha superado el periodo de exposición pública sin recibir ni una sola alegación o reclamación, ha sido elevado a definitivo tras el acuerdo plenario inicial del pasado 26 de marzo de 2026.

Datos clave

Fecha de acuerdo
26 de marzo de 2026
Plazo de recurso
2 meses

Este órgano será el encargado de la negociación colectiva entre el consistorio y la representación legal de los funcionarios, abordando las materias recogidas en el Estatuto Básico del Empleado Público. El reglamento detalla aspectos operativos clave, como que las convocatorias deberán remitirse con al menos tres días hábiles de antelación, salvo que la urgencia sea debidamente justificada.

Para que la mesa se considere válidamente constituida, será necesaria la presencia de ambos sectores: la parte administrativa y la representación sindical, que requerirá al menos a la mitad de los sindicatos presentes. En caso de no alcanzarse ese quórum en la primera llamada, una segunda convocatoria bastará con la asistencia de una sola persona por cada parte.

Las sesiones podrán celebrarse de forma presencial o a distancia, y en ellas se permitirá que cada organización sindical cuente con una persona asesora, siempre que su asistencia sea comunicada con antelación a la presidencia. Los acuerdos requerirán la conformidad de la administración y de la mayoría de la representación sindical, aplicando criterios de representatividad ponderada.

El documento establece también que los desacuerdos deberán quedar reflejados en acta. Esta, a su vez, será debatida y conformada en la sesión siguiente, incorporando cualquier discrepancia o alegación presentada formalmente a través de la sede electrónica.

La presidencia recae en la Alcaldía, si bien puede delegar en quien ejerza las funciones en la regiduría de Recursos Humanos. El personal técnico de esta misma área asumirá la secretaría, contando con voz pero sin voto en las deliberaciones.

El reglamento entra en vigor ahora. Todo es oficial.

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