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Ayuntamiento de l'Eliana·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Casi 1.400 vecinos de l'Eliana, al programa de residuos en origen

El Ayuntamiento de l'Eliana ha publicado la lista de admitidos y excluidos para su programa de separación de residuos. Conoce si tu solicitud ha sido aprobada.

El Ayuntamiento de l'Eliana ha cerrado la evaluación de las solicitudes presentadas para el programa de separación de residuos en origen (SRO) correspondientes al ejercicio 2026. Si presentaste tu instancia entre el 17 de octubre y el 31 de diciembre del pasado año, ya puedes consultar si tu domicilio figura en el listado oficial de admitidos o si, por el contrario, ha sido excluido por causas técnicas.

Datos clave

Plazo Recurso
1 mes para recurso de reposición desde la recepción de la notificación
Plazo Judicial
2 meses para recurso contencioso-administrativo
Qué hacer
Consultar el listado de admitidos y excluidos en la sede electrónica municipal

La resolución de la Alcaldía, fechada el pasado 5 de junio, recoge un volumen muy amplio de participantes. El anexo I detalla las solicitudes validadas correctamente, las cuales abarcan tres modalidades: la fracción orgánica selectiva, el compostaje doméstico impulsado por el Consorcio Valencia Interior y el sistema de recogida puerta a puerta para papel y cartón comercial.

Para los nueve casos excluidos, los motivos son variados y vienen detallados en el anexo II. Entre ellos, figuran la falta de acreditación como titular o cotitular en la base de datos de la tasa de gestión de residuos, el desistimiento voluntario por parte del solicitante o que la referencia catastral aportada no resulte tributaria en el municipio.

Si tu solicitud aparece entre los excluidos, la administración te notificará el resultado de forma individual a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, dispones de un plazo de un mes para interponer un recurso de reposición con carácter potestativo ante el mismo órgano, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

Como alternativa, si prefieres acudir directamente a la vía contencioso-administrativa, cuentas con un plazo de dos meses para presentar dicho recurso ante el Tribunal de Instancia competente. Si optas por la reposición, recuerda que no podrás acudir a la vía judicial hasta que el Ayuntamiento resuelva expresamente tu recurso o se produzca la desestimación presunta por silencio administrativo.

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