Ayuntamiento de Gestalgar·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Gestalgar aprueba el reglamento que premiará la productividad municipal

El Ayuntamiento de Gestalgar ha dado luz verde definitiva a las bases que evaluarán el esfuerzo extra de su plantilla. El reglamento establece límites por grupos y hace públicas las cuantías percibidas.

El personal municipal de Gestalgar ya tiene negro sobre blanco cómo se evaluará su rendimiento extra a partir de ahora. El pleno del ayuntamiento ha dado luz verde definitiva al reglamento que regula el complemento de productividad, una norma que busca incentivar el esfuerzo más allá de las tareas habituales de cada puesto.

Datos clave

Fondo anual
15.000 €
Tope A1
5.250 € al año
Tope C2
2.250 € al año
Criterios
Interés, rendimiento y extras

Todo. El texto completo ya es público.

El reglamento establece un fondo global de 15.000 euros anuales para este concepto. Esta cantidad no se reparte a ciegas: el sistema se divide al 50% entre el interés e iniciativa mostrados por el trabajador, y el especial rendimiento o actividad extraordinaria demostrada en el día a día.

Para el primer bloque, el alcalde solicitará un informe que califique al empleado. La nota N, de productividad notable, garantiza el cobro íntegro de esa parte. Si la calificación es I, de insuficiente, el empleado perderá un tercio, dos tercios o la totalidad de ese tramo según el nivel de deficiencia detectado.

El segundo bloque evalúa la eficiencia, la capacidad de organización y la ejecución de tareas que excedan las funciones habituales o que requieran un apoyo especial a otros departamentos. El reglamento también detalla los topes máximos anuales que un empleado puede percibir según su grupo de titulación, que oscilan entre los 2.250 euros para el grupo C2 y los 5.250 euros para el grupo A1.

Un detalle relevante para la transparencia es que las cantidades percibidas por cada trabajador serán de conocimiento público, tanto para sus compañeros como para los representantes sindicales. El devengo es mensual y su abono se realizará preferiblemente con la misma periodicidad.

El texto incluye supuestos específicos para situaciones de permisos, vacaciones, licencias o incapacidad temporal, asegurando que los empleados en estas situaciones también mantengan el derecho a percibir este incentivo bajo las reglas establecidas. La gestión directa recaerá en el alcalde o en el concejal de Recursos Humanos, basándose en los informes de las diferentes áreas.

Con esta aprobación definitiva, el ayuntamiento pone fin al periodo de información pública, en el que no se presentaron reclamaciones. El nuevo marco normativo deroga cualquier disposición anterior que le fuera contraria o incompatible.

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