Ayuntamiento de Gilet·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

El Ayuntamiento de Gilet intervendrá en ocho parcelas privadas

Si eres propietario de una de las ocho parcelas afectadas en Gilet, el Ayuntamiento entrará en tu terreno para labores preventivas. Tienes diez días para oponerte si no estás de acuerdo con la ocupación temporal.

Si eres uno de los propietarios de los terrenos incluidos en el plan de prevención de incendios de Gilet, el Ayuntamiento necesita entrar en tu propiedad. Con motivo de la obtención de una subvención del Fondo Estratégico 2026, el consistorio va a realizar trabajos de desbroce, poda y tala en varias parcelas de titularidad privada para crear cortafuegos y bandas de seguridad.

Datos clave

Plazo
10 días hábiles desde la notificación personal
Qué hacer
Presentar escrito de oposición si no se autoriza la entrada
Actuación
Desbroce, poda y tala en 8 parcelas privadas
Ubicación
Polígonos 1, 2 y 7 de Gilet

La ocupación temporal de estas fincas es necesaria para habilitar los puntos estratégicos de gestión que marca el plan. El alcalde, Salvador Costa Escrivà, ha dictado un decreto para formalizar este paso amparándose en la normativa forestal vigente, que obliga a los titulares de suelos forestales en zonas de riesgo a facilitar estas labores preventivas.

El silencio administrativo juega un papel fundamental en este proceso. Si el Ayuntamiento no recibe ningún escrito por tu parte en el plazo de diez días hábiles desde que recibas la notificación personal, considerarán que no te opones a que sus operarios entren en tu parcela para realizar los trabajos de limpieza vegetal.

La lista de afectados incluye ocho parcelas repartidas en los polígonos 1, 2 y 7 de Gilet. Entre los titulares figuran particulares como María Isabel Mateo Gonzalez, que aparece vinculada a tres de ellas, así como la mercantil Molante, S.L., y los herederos de Francisco Collado Albarilla, además de otros tres propietarios individuales.

El objetivo de esta intervención es reducir la carga de combustible forestal en zonas estratégicas. Esto implica actuaciones técnicas precisas: el clareo de arbolado, la poda y la eliminación de vegetación abusiva que pueda propagar un fuego incontrolado hacia las zonas habitadas.

La normativa es clara al respecto. Si los propietarios obligados no ejecutan las medidas preventivas, la administración puede acudir a la ejecución subsidiaria, lo que supondría cargar el coste de los trabajos directamente a cuenta del titular de la parcela.

El decreto ya es oficial. La resolución se notificará personalmente a todos los afectados según consta en la documentación catastral adjunta.

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