Impuesto de vehículos en Guadassuar: el plazo de pago para 2026
Si eres propietario de un vehículo en Guadassuar, el padrón fiscal ya está listo. Conoce las fechas clave del periodo voluntario y qué día se cargarán los recibos.
El Ayuntamiento de Guadassuar ha dado luz verde al padrón del impuesto de vehículos de tracción mecánica para este ejercicio, marcando el calendario para los contribuyentes del municipio. A partir de ahora, el documento queda expuesto al público durante quince días hábiles en la Oficina de Recaudación y Gestión Tributaria, situada en el número 58 de la calle Mayor, donde se puede consultar de martes a viernes en horario de 11:00 a 13:00 horas.
Datos clave
- Plazo de pago
- Del 6 de julio al 7 de septiembre de 2026
- Cargo domiciliado
- 17 de julio de 2026
- Consulta padrón
- 15 días hábiles en calle Mayor, 58, de martes a viernes de 11:00 a 13:00
- Entidades bancarias
- Cajamar, Santander y Caixa Rural d’Algemesí
- Recurso reposición
- 1 mes desde el último día de exposición pública
El periodo de pago en voluntaria comienza el 6 de julio y se extenderá hasta el 7 de septiembre de 2026. Si tienes tu recibo domiciliado, el cargo bancario se realizará el 17 de julio, permitiendo así agilizar el trámite sin necesidad de gestiones adicionales.
Para quienes prefieran realizar el ingreso por otra vía, el Ayuntamiento ha habilitado la pasarela de pago en su página web oficial. Asimismo, las entidades bancarias colaboradoras para efectuar el abono son Cajamar y Santander, además de Caixa Rural d’Algemesí.
En el caso de que un recibo domiciliado sea devuelto por tu entidad bancaria, deberás acudir a las oficinas municipales para obtener el documento de cobro y regularizar tu situación antes de que finalice el plazo. Es importante recordar que, una vez superada la fecha límite del 7 de septiembre, el impuesto entrará en periodo ejecutivo.
A partir de ese momento, la deuda pasará a exigirse por el procedimiento de apremio, lo que conlleva la aplicación de recargos, intereses de demora y las costas que pudieran producirse según lo establecido en la Ley General Tributaria. Si detectas alguna incorrección en tu recibo, dispones de un mes desde el último día de exposición pública para presentar un recurso de reposición ante el consistorio.
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