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Guadassuar renueva su ordenanza del IBI con nuevos tipos y beneficios

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El Ayuntamiento de Guadassuar abre el plazo de alegaciones para su nueva ordenanza fiscal del IBI, que incluye bonificaciones por familia numerosa y placas solares.

El Ayuntamiento de Guadassuar ha puesto sobre la mesa las reglas del juego para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el popular IBI, de cara al próximo año. El pleno municipal aprobó el pasado 24 de septiembre una nueva ordenanza fiscal que, tras su reciente publicación en el boletín provincial, entra ahora en una fase de exposición pública de 30 días hábiles para que cualquier vecino interesado pueda examinarla y, si lo considera necesario, presentar alegaciones.

Datos clave

Plazo
30 días hábiles desde el 8 de octubre
Tipo urbano
0,7450 %
Tipo rústico
0,655 %
Bonificación solar
30% (residencial) / 15% (empresas)

La normativa redefine los tipos de gravamen que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027. Para los inmuebles de naturaleza urbana, el tipo se sitúa en el 0,7450 por ciento, mientras que para los rústicos se establece en el 0,655 por ciento. Son las cifras que marcarán el cálculo anual para los propietarios del municipio.

El documento incluye un catálogo de exenciones y bonificaciones que, en varios casos, requieren una solicitud expresa por parte del contribuyente. Por ejemplo, las familias numerosas pueden optar a descuentos sobre la cuota íntegra, cuya cuantía varía según el valor catastral de la vivienda habitual, llegando en el caso de la categoría especial a una reducción del 60 por ciento para inmuebles de hasta 60.000 euros.

También hay incentivos para la sostenibilidad, como una bonificación del 30 por ciento para viviendas que instalen sistemas de energía solar para autoconsumo, siempre que cuenten con una potencia nominal mínima de 2 kW. En el ámbito empresarial, las industrias que instalen sistemas similares con un mínimo de 10 kW podrán beneficiarse de un descuento del 15 por ciento en el impuesto.

El texto detalla las condiciones para estas ayudas y recuerda que, en caso de impago de la cuota, la responsabilidad recae sobre los titulares del inmueble de forma solidaria. Para quienes busquen un alivio en el pago, la ordenanza contempla una bonificación del 2 por ciento para inmuebles urbanos y del 5 por ciento para los rústicos si se opta por domiciliar el recibo bancariamente.

Las ausencias escuecen. Si durante el mes de plazo de exposición pública no se presenta ninguna reclamación, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente de forma automática.

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