Manises estrena su nuevo reglamento de uniones de hecho
El Ayuntamiento de Manises actualiza sus normas para el registro de parejas estables. Los vecinos interesados ya pueden consultar los requisitos de convivencia y la documentación necesaria para la inscripción.
Si vives en Manises y compartes tu vida con otra persona de manera estable, tu Ayuntamiento tiene desde esta semana una nueva norma para formalizar esa unión. El Pleno municipal ha aprobado el texto que renueva el Registro Municipal de Uniones de Hecho, un documento que actualiza los requisitos y los procedimientos para inscribirse o, en su caso, solicitar la baja.
Datos clave
- Residencia
- 6 meses empadronados en Manises
- Coste
- Gratuito
- Dónde acudir
- Secretaría General del Ayuntamiento
- Plazo enmienda
- 10 días hábiles
El trámite sigue siendo voluntario y gratuito para todos los interesados. Para que el Ayuntamiento reconozca la unión, los dos miembros de la pareja deben comparecer personalmente ante la Secretaría General. Es imprescindible que ambos acrediten estar empadronados en el mismo domicilio en Manises desde al menos seis meses antes de la solicitud, requisito que los servicios municipales verificarán de oficio.
La normativa detalla que, además de la convivencia, los solicitantes deben ser mayores de edad o menores emancipados y no estar ligados por un vínculo matrimonial previo o una unión de hecho ya inscrita en otro registro. Tampoco se permiten uniones entre personas con parentesco directo por consanguinidad o adopción, ni hasta el tercer grado en línea colateral.
Si durante el proceso el encargado del registro detecta que falta algún documento o hay errores subsanables, se abrirá un periodo de diez días hábiles para corregir la falta. En caso de no hacerlo, el Ayuntamiento considerará que los solicitantes han desistido de su petición y archivará el expediente tras la correspondiente resolución.
El reglamento detalla también los motivos para cancelar la inscripción. La lista incluye desde el mutuo acuerdo entre las partes hasta la decisión unilateral, pasando por el fallecimiento de uno de los miembros, el traslado a otro municipio, la separación de hecho por más de seis meses o la formalización de un matrimonio civil por cualquiera de los dos.
Para llevar a cabo cualquier modificación o extinción, es necesaria la solicitud conjunta de los miembros, salvo cuando la ruptura sea unilateral, en cuyo caso deberá aportarse la notificación fehaciente enviada a la otra parte. Toda la gestión del registro y la base de datos queda bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Ayuntamiento.
El nuevo reglamento deroga el anterior, que databa de 1996 y ya empezaba a mostrar el peso de los años. Los formularios tanto para constituir como para disolver la unión ya están disponibles como anexos a la norma, facilitando así los pasos a seguir para los vecinos.
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